Factura rectificada e incluir factura en modelo 303

Tengo una Ludoteca que abrí en abril, vengo haciendo mis facturas con el 21% y ahora resulta que tengo que tributar al 10%. Entonces me han dicho en hacienda que tengo que hacer facturas rectificadas. Desde abril a octubre las tengo que modificar. Mi duda es no sé como puedo hacer la factura rectificada y como ya he presentado 2° y 3er trimestre pues no sé si podría incluir la modificación en el 4° en la casilla 14 y 15 como me han dicho. Tengo 15 fras. Para modificar!

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Puedes hacer una factura de abono (rectificativa) ahora en Noviembre, y volver a emitir todas las facturas nuevas con el 10% de IVA.

Si necesitas ayuda, puedes llamarnos al teléfono de atención y asesoramiento gratuito 900 525 689 o bien entrar en nuestra web www.asesoriagrg.es

Pero y como haría la rectificativa? Solo una factura rectificativa? Y luego solo basta con hacer cada una con el 10% ? Y en la declaración del iva como haría? 

La puedes hacer como una factura normal, pero una serie distinta de facturación y los importes en negativo.

En la declaración del IVA las rectificativas irían a regulación de cuotas y las otras al devengado.

Si necesitas ayuda, puedes llamarnos al teléfono de atención y asesoramiento gratuito 900 525 689 o bien entrar en nuestra web www.asesoriagrg.es

A ver si con un ejemplo lo veo mejor. Yo tengo una fra. De 100 euros con iva incluido del 21%. Mi base es ahora 82,65 y el iva 17,35. Como haria la factura nueva. Pondría 90,91 base imponible e iva 9.09. Ya que cobrp 100 euros con el iva. Y cual importe de estos tendría que poner en negativo?

Haber si hiciste una factura de 100€ + IVA con el 21% de IVA, serían 100 + 21 de IVA = 121€, pues tienes que hacer una factura rectificativa que sea: -100,00€ + -21,00€ = -121,00€ y luego hacer una factura nueva que fuese 100,00€ + 10,00€ (IVA) = 110,00€

No es 100 euros con el IVA, por lo que entiendo tengo que hacer una misma factura que la anterior con todos los importes en negativo  y volverlas a hacer de nuevo con el 10%, las incluiría en el 4º trimestre los importes positivos en el IVA  devengado y en la casilla 14 la B.I en negativo y en la casilla 15 el IVA en negativo? luego las de rectificación las puedo numerar por ejemplo la primer Rec. 1/2015? Espero hacerlo bien porque hacienda no perdona!!!!

Si lo puedes hacer así.

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