Alta de administrador de SL como autónomo

Somos dos socios que vamos a crear una SL con el 50% de las participaciones cada uno. Las dudas son las siguientes:

1. Si la administración se ejerce de forma mancomunada, ¿los dos nos tenemos que dar de alta como autónomos?

2. Si la administración sólo la ejerce uno de los dos y ese uno ya está dado de alta como autónomo (tiene otra empresa con un objeto social similar), ¿se tiene que volver a dar de alta como autónomo para esta nueva empresa y cotizar por la misma de forma independiente?

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http://agsgraduados.es/blog/wp-content/uploads/2015/11/encuadramiento-a-la-SEG-SOCIAL.pdf 

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Los dos que ejerzan de Administrador, deben de estar dados de alta en RETA.

Ahora bien, una opción muy común que se usa, si hay confianza entre socios, socio A administrador 50% de capital, socio B socio 50% apoderado.

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