Lectura de Testamento entre familiares

Mi suegra murió hace 1 mes y en su testamento sólo hay bienes muebles: dinero.
Sabemos el notario ante el que lo firmó ya que solicitamos el certificado de últimas voluntades. No tenemos copia del certificado de defunción.
¿Para solicitar copia del testamento que documentos tenemos que presentar al notario?
¿Para la lectura y aceptación necesitamos un abogado? ¿O lo podemos hacer en privado?
Sabemos que hay 6 meses para los impuestos.

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Para solicitar copia del testamento necesitas certificado de defunción y las ultimas voluntades.

Para solicitar las ultimas voluntades hace falta certificado de defunción, con lo cual quien fue a pedir las ultimas voluntades tenía el certificado de defunción.

Yo os recomendaría que pidierais también el certificado de seguros de vida. Suele dar alguna sorpresa como que tu suegra tenía algún seguro de vida, o algún plazo fijo reconvertido a seguro de vida de prima única.

Si los únicos bienes que ha dejado la causante son bienes muebles, no hace falta aceptación notarial, simplemente una instancia privada, liquidada del impuesto de sucesiones y llevarla a los bancos para que hagan el traspaso del dinero, fondos, acciones, etc

Muchas gracias, cuando fui a solicitar el Certificado de Últimas Voluntades también solicité el de seguros de vida (no tenía), pero el certificado de defunción lo comprobaron on-line. Me dijeron que si el certificado no hubiese sido digitalizado hubiese tenido que aportarlo.

Pero ahora, según entiendo por lo que me comentas,  tengo que obtener una copia del certificado de defunción para entregárselo  al notario junto con el certificado de últimas voluntades  y nos de una copia del testamento? No basta con el certificado de últimas voluntades, ya que el tener dicho certificado no implica la existencia del certificado de defunción?

Muchas gracias de nuevo.

Hola de nuevo,

Cómo se obtiene la instancia privada para llevarla al banco?

Gracias,

El certificado de defunción literal lo podéis solicitar en el Registro Civil del lugar del fallecimiento. A no ser que el notario o el colegio Notarial admita el certificado on-line del que no tenía noticias.

La instancia para liquidar el impuesto, contiene el inventario y avalúo de los bienes de la herencia. En la web del Gobierno de Aragón tienes un modelo on-line que lo puedes descargar

¡Gracias! Por sus explicativas respuestas.

Buenos días,

 En el testamento mi suegra legó un 3% del dinero en sus cuentas a una sobrina nieta con la que no tenemos contacto.

Hemos pagado los impuestos sobre el 97% del total y el 3% de ese total aparece reflejado como "DEUDA LEGADO" en el modelo 655 que se rellena en Baleares para el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, pero no han sabido decirme que ocurre con ese 3% restante si la heredera no lo reclama, ni si hay un tiempo de espera legal (aparte de los 6 meses que tiene dicha heredera para abonar los impuestos) ni que ocurre en dicho caso con ese total.

Muchas gracias de nuevo.

Si no lo reclama, entiendo yo que acrece a los demás herederos.

El tratamiento fiscal de ese 3%, la verdad es que se me escapa. Preguntad en Hacienda de tu CCAA.

Y sabe si el banco puede exigir que herederos y legatario firmen un documento "conjunto" antes de pagar a los herederos su parte. Los herederos han firmado una aceptación de su 48,5% cada uno por separado, pero el banco dice que los tres tienen que firmar un documento conjunto. Lo cual no tiene mucho sentido ya que significa que una herencia en la que un heredero o legatario no está localizable se penaliza al resto de herederos.

Muchas gracias.

Si que es habitual que el banco para eximirse de responsabilidades, suele exigir que todos los herederos, estén de acuerdo en el reparto del dinero. Y si falta uno, lo único presionarle con que tiene un dinero a su disposición cuando firme el documento del banco.

No queda otra que esperar a ver si quiere firmar

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