Normalmente los portales de subastas son creados por empresas que actúan como meros comisionistas, ciñéndose exclusivamente a crear y poner a disposición de los usuarios la plataforma en la que éstos anuncien sus productos y los compradores potenciales puedan pujar por ellos.
En este tipo de plataformas es el usuario de la misma el único responsable de lo que compra o de lo que vende, frente a la responsabilidad limitada del creador del portal, que percibe una comisión por el servicio prestado.
Desde el punto de vista fiscal, la empresa debe tener en cuenta las siguientes características:
- Su labor consiste en una prestación de servicios.
- Cada comisión cobrada por el servicio prestado deberá ser facturada aplicando el 21% de IVA (en el caso de España).
- Las rentas obtenidas por el servicio prestado deben registrarse contablemente, las cuales tributarán por el Impuesto de Sociedades en caso de tratarse de una empresa, o por el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, en caso de tratarse de una persona física.