¿Cuál es el proceso para darme de alta como autónomo en Terapias Alternativas?

Estoy barajando la posibilidad de lanzarme al mundo laboral por mi cuenta y me gustaría saber si existe hoy en día algún epígrafe reconocido para los distintos campos de la medicina alternativa. En mi caso, se tratarían de terapias complementarias energéticas, nutrición y asesoramiento. ¿Podrían asesorarme en cuanto al proceso a iniciar? ¿Cuánto tendría que abonar al respecto, teniendo en cuenta que, en principio trabajaría ofreciendo mis servicios en centros dietéticos, herbolarios y demás?

2 respuestas

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Para evitar problemas mejor pida cita en hacienda en censos, donde allí no sólo le darán de alta sino que además ellos le pondrán el epígrafe correcto, vamos, correcto para ellos que a la postre es lo que importa.

Pagar por ese concepto no tendrá que pagar .

Lo que si tendrá que hacer será su renta, al facturar a empresas lo tendrá que hacer sólo una vez al año, y posiblemente tenga retención en sus facturas.

Y luego si tributa IVA, pues sus declaraciones trimestrales, aparte de otras declaraciones si proceden, como puede ser si tiene alquileres, trabajadores etc...

Luego con la seguridad social el tema es distinto ya que aquí paga desde el primer momento, aunque ahora mismo hay incentivos muy interesantes para los emprendedores, como puede ser la cuota reducida a 50 - 60 euros en un primer tiempo

Suerte !

Pd por cierto, mírese las subvenciones, puede encontrar unas muy interesantes para su caso

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Entiendo que el optimo para lo que me cuentas sería servicios de naturopatía, acupuntura y otros servicios parasanitarios. (IAE 944)

A efectos de I.A.E. no tienes que pagar nada ya que ejerceras la actividad como persona física y te puedes dar de alta en I.A.E. en cuantos epigrafes consideres que vas a precisar.

Debes darte de alta en obligaciones fiscales a través del modelo censal 036 y en autónomos si no tienes otra actividad remunerada con la que puedas acreditar que tu actividad por cuenta propia la realizas sin habitualidad. Es conveniente aperturar un centro de trabajo ante la direccion general de empleo aunque trabajes desde casa (es un mero tramite de comunicación). En cuanto a tus obligaciones fiscales por lo que cuentas estarás obligado a presentar I.V.A. ya que en principio ese tipo de actividades no están incluidos en las exenciones propias de la sanidad y por supuesto pago fraccionado trimestral de IRPF. Además deberás llevar los libros obligatorios (ingresos, gastos, amortizaciones y suplidos)

Muchas gracias por la información. ¿Sería mucha molestia pedirte que me pongas un ejemplo de las cuantías de las que me hablas (I.V.A y pago fraccionado trimestral)? He leído por ahí que también podría adherirme a una cooperativa profesional en mis inicios, ya que ahora mismo no cuento con ingresos que me faciliten esas obligaciones fiscales.

Gracias otra vez.

Eso depende de los ingresos y gastos que tengas. El IVA a pagar sera (básicamente) la diferencia entre el devengado a tus clientes y el deducible de tus proveedores y el pago fraccionado de renta será trimestralmente el 20% de la diferencia de ingresos y gastos

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