Para tener la posibilidad de capitalizar el paro hay que estar en situación legal de desempleo y tal y como usted lo explica, sólo puede tener derecho a paro en los siguientes supuestos:
1- Si después de causar la baja voluntaria le hacen un contrato y no supera el periodo de prueba, entonces puede cobrar el desempleo si han pasado como mínimo tres meses desde la baja voluntaria.
2- De la jurisprudencia se deduce que se puede cobrar el paro después de una baja voluntaria si le hacen un contrato temporal de duración de tres meses como mínimo; pero le tienen que despedir y no darse otra vez de baja voluntaria.