Posible baja voluntaria

Ayer realicé una pregunta que quizás recuerdes sobre solicitar al comité de empresa el cese de un superior que no mantenía una conducta "correcta" con los trabajadores. Hoy volvimos a tener problemas con dicho personaje hasta el punto en que decidí que voy a causar baja en la empresa porque la situación es insostenible hasta el punto de que el tema está afectando a mi vida personal y a mi salud. Tal como está el panorama actual sé que me voy sin prestación ni opción a paro y que no encontraré nada hasta el próximo verano donde tengo un trabajo temporal "asegurado". Mis dudas son, ¿si me voy voluntariamente y para el próximo verano consigo un contrato de 2 meses de duración, podré solicitar a posteriori la prestación por desempleo? ¿Es mas recomendable solicitar la baja voluntaria o solicitar una excedencia voluntaria? ¿En caso de situarme en excedencia, que sería por el plazo máximo que nos permiten (5 años), si trabajo el próximo verano podré solicitar la prestación por desempleo (tengo 2 años de paro que me ayudarían bastante a tirar hacia adelante), o al estar en excedencia no es posible?.

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Si no hay ninguna posibilidad de solucionar esa situación porque lo habéis intentado por todos los cauces y no hay forma de que la dirección de la empresa enmendé la actitud de ese personaje, deberías de saber que eso esta considerado como un incumplimiento grave y culpable de las obligaciones del empresario lo que te da derecho a acogerte al articulo 50 del ET y solicitar la extinción del contrato de trabajo por dicho incumplimiento empresarial algo que te daría derecho a cobrar una indemnización equivalente a la del despido improcedente ademas del acceso a la prestación por desempleo, para ello no tendrías mas que poner una papeleta de conciliación ante el SMAC por incumplimiento de las obligaciones por parte del empresario, si se acredita la situación laboral, insostenible como consecuencia de un trato inadecuado, o cualquier tipo de de coacción, no dudes que el despido seria calificado como de improcedente.. Pero si decides irte de la empresa voluntariamente para empezar a trabajar el año que viene con un contrato de trabajo de 2 meses, al finalizar el contrato de trabajo estarías en situación legal de desempleo y podrías acceder a dicha prestación porque en cuando se causa baja voluntaria han de transcurrir 3 meses desde el cese voluntario en la em`presa y la finalización de un contrato de trabajo en la siguiente empresa, y tu los vas a pasar de sobra.. En cuanto a la opción de la excedencia voluntaria:Si pides la excedencia, la excedencia voluntaria, al ser una suspensión voluntaria del contrato de trabajo a instancias tuya, para que te encontraras en situación legal de desempleo uy poder acceder a dicha prestación, tendrías que encontrar otro trabajo de al menos tres meses y finalizar el contrato de trabajo, de esa forma estarías en condiciones de solicitar el paro, al encontrarte en situación legal de desempleo, y si la duración de la excedencia voluntaria fuese mayor que la duración de la prestación por desempleo cobrarías el paro hasta que solicitaras la reincorporación a la empresa y si la empresa te respondiera que no dispone de vacantes seguirías cobrando el paro hasta su agotamiento o hasta que la empresa te notificara tu reincorporación,, De todas formas deberías de consultar a un abogado o a la inspección de trabajo..

Solo una ultima pregunta y cierro. Hablé con la persona que me contrataría para el próximo verano, me comentó que el sector estaba mal y que quizás no necesitase incorporar gente mas de 15dias/ 1 mes. En ese caso, y con quizás solo 15 días en un nuevo trabajo,, ¿tendría igualmente derecho a percibir la prestación o hay un mínimo de días tras haber causado baja voluntaria en otra empresa? (Estamos hablando de junio de 2014 por lo que los 3 meses que me comentabas antes estarian mas que superados). No obstante haré lo de informar a la inspección de trabajo aunque solo sea para que estén al tanto de lo que ocurre. Quedo esperando la aclaración y cierro la pregunta. Como siempre, eres de gran ayuda. Millones de gracias

Si te hacen un contrato de 15 días y el contrato es un contrato legal no tienes por que tener ningún problema con el SEPE para que puedas cobrar el paro, el problema le podrías tener si el SEPE consideran que el contrato de trabajo esta echo unicamente para que puedas cobrar el paro, entonces, iniciarían una investigación por si el contrato estaría echo en fraude de ley, y en esa situación te denegarían la prestación, y a la empresa la caería una buena sanción, pero si el contrato de trabajo es un contrato real, después de haber pasado mas de tres meses no deberían de ponerte ninguna objeción para que puedas cobrar el paro.. Un saludo y buena suerte..

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