Rescisión de contrato art 50 ET después de acto de conciliación
¿Se puede pedir rescisión del contrato de trabajo con los siguientes datos?:
-Nóminas extra de navidad 2013 y vacaciones 2014 impagadas y prescritas por no denunciar.
-Nomina extra navidad 2014, nómina de septiembre y octubre 2015 pagadas en acto de conciliación en diciembre.
(Causo baja laboral en noviembre por ansiedad).
-Pago de incapacidad temporal de noviembre y diciembre 2015 pagadas a mediados de enero tras decirle que si no lo pagaba sería denunciado a la Inspección de Trabajo para poder solicitar el pago delegado a la mutua.
Me dicen que con todo esto no tengo bastante para ganar si le demando. Querría saber su opinión sobre el asunto.