Venta de finca por contrato privado: validez

Mi madre vendió, mediante un contrato privado, a mi tía hace más 20 años una finca rústica, en Castilla y León y donada por mis abuelos en escritura. Mi tía no la registró a su nombre. Ahora pide a mi madre que haga de nuevo la venta pero a nombre de su hijo y se desplace más de 600 km. Para firmar o en su defecto un poder notarial para poder efectuar la venta. ¿Dicen no haber pagado impuestos durante estos años ya que la finca parece ser que está exenta de tributos por no estar explotada?, pero el IBI si.?

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- Podría haberse registrado mi tía la finca a su nombre con el contrato de compra-venta privado y la copia de la escritura en donde se especificaba que la finca era del vendedor por donación de sus padres sin que mi madre se tuviera que desplazar o emitir un poder notarial?

- ¿Qué repercusiones tributarias, económicas o cargas sobrevenidas pueden afectar a mi madre si no se ha pagado durante todos estos años y tampoco mi madre la había declarado ya que no la consideraba suya?

- ¿La primera venta por contrato privado que se hizo hace 20 años queda anulada si se realiza una venta nueva con fecha de éste año?

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Tu madre si que está obligada a ir al notario. Seguramente en el contrato privado puso que si se elevaba a publico que los gastos serían de la parte compradora.

Depende como lo haga el Notario, si lo que hace es elevar a documento público una venta hecha hace años, o se hace como si la venta se hiciera ahora. En todo caso tu madre está exenta de gastos, y notario, impuesto y registro lo pagará el comprador

Buenos días!

En primer lugar muchas gracias por la respuesta pero me queda una duda, como no se ha registrado la propiedad ni se ha elevado a documento publico la venta realizada hace 20 años, la propiedad seguiría o consta que sigue siendo de mi madre y si no se han pagado impuestos durante todos estos años ni realizado declaración de bienes, ¿podría ocurrir que si se realiza una venta actual, Hacienda u otros organismos reclamaran a mi madre los tributos que no se han pagado durante todos estos años?

Muchas gracias

No. Estarían prescritos. El único gravamen de una finca rústica sería el IBI, y según la cabida estaría exenta, y si acaso derechos de riego del Sindicato de riegos correspondiente

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