¿Si fallezco tiene mi pareja pensión de viudedad?

Mi pareja y yo no estamos casados ni somos pareja de hecho. Tenemos 2 hijos en común. ¿Si uno de los dos fallece el superviviente tiene pensión de viudedad o alguna otra prestación o hace falta casarse o ser pareja de hecho?

¿Cuál es la cuantía de la pensión en caso de existir?

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El hecho de tener hijos en común, a efectos de la pensión de viudedad os equipara a la situación de pareja de hecho, es decir, que si que tendríais derecho a la pensión de viudedad.

Por lo que respecta a la cuantía va en función de la cotización del fallecido, así como de la situación de dependencia económica.

Tiene alguna ventaja hacerse pareja de hecho? A efectos de pensión ya me queda claro que no me hace falta hacerme pareja de hecho pero no quiero que mis hijos queden desamparados por el mero hecho de no hacerme pareja de hecho. Saludos y gracias por la anterior respuesta.

Siguen estando cubiertos si sois pareja de hecho, de todos modos, aunque no es necesario yo siempre recomiendo que se inscriban mis clientes como pareja de hecho en el registro pues la legislación es cambiante.

A mi lo que me gustaría es que mis hijos queden cubiertos sin tener que hacerme pareja de hecho porque si algún día Dios no lo quiera me separo de ella, al ser pareja de hecho es más papeleos para la separación no crees?

Ellos están cubiertos, por eso no te preocupes.

Pero a efectos de tu pareja, como ya te he comentado, lo que recomiendo es inscribirse como pareja de hecho en el registro para asegurarse el cobro de la pensión de viudedad.

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