Si tiene un documento con no superación de periodo de prueba, si tendrás derecho al paro. Ese documento es diferente a una baja voluntaria. Son cosas distintas. Pide que te den, los siguientes documentos:
-Carta de no superación de periodo de prueba sellada por la empresa.
-Certificado de empresa.
-Finiquito. (Que tendrá que venir el cobro de los días trabajados en febrero. 8 días. Las vacaciones pendientes de disfrutar (parte proporcional) y prorrateo pagas extras parte proporcional. No te corresponde indemnización de ningún tipo porque es no superación de periodo de prueba.
Al margen te diré, que las empresas cuando te dan de baja/ fin de contrato / no superación periodo de prueba / despido (la causa que sea), al margen del día que te lo comunican a ti, tiene un plazo de 10 días para hacer la comunicación telematicamente al sepe / prestaciones de desempleo. Puede ser, que la empresa lo haya hecho bien, pero todavia no lo haya comunicado al sepe la no superación de periodo de prueba, y tu hayas ido antes a preguntar y no les conste.. Entonces a la funcionaria no le consta todavía el motivo de la baja y no lo sabe. Aunque si te ha dicho expresamente baja voluntaria tan claro, si lo habrán comunicado mal entonces.
Pero en ese caso, este último detalle no lo recuerdo con exactitud, pero administrativamente, la asesoría o el departamento de rrhh de la empresa que te ha extinguido el contrato por la causa que sea, tiene un plazo para modificarlo por si se equivoca. Es decir, que si comunican baja voluntaria y es no sup. pp, creo recordar que una vez comunicado, tiene 4 días para cambiarla por si se han equivocado. Mañana cuando estes en la empresa, que te confirmen lo que han comunicado al sepe. Igualmente si te dan la carta de no sup. pp, tendrán que informar de eso y no otra causa.
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