¿Cuál es plazo de prescripción en acción de repetición de aseguradoras por accidentes con alcoholemia?
Mi pregunta seria la siguiente, le detallo un poco:
Tengo seguro obligatorio y voluntario (50000E) con exclusión en póliza de accidentes con positivo en alcohol, sufrí un accidente de coche dando positivo en alcoholmenia y fui condenado por vía penal y la compañía ejerció el derecho de repetición contra mi antes de empezar juicio y una vez comenzado juicio ceso (entiendo porque el juicio reinicia el computo de tiempo de acción de repetición hasta que haya sentencia firme), pues bien a resultado que el la vía penal ha prescrito y me gustaría saber el plazo de tiempo que tiene la aseguradora para poder ejercer la acción de repetición contra mi... He leído varios plazos y me gustaría me pudiesen aclarar con más exactitud por un lado el de un año ( art 10), también uno de dos años y otro de 15 años...
¿Y me gustaría saber cual es el plazo correcto que se aplica 1,2 o 15?