Se consideran retraso en el pago de nominas?
En el convenio del metal de la prov de Alicante dice que el día de pago de nominas se realizara según la costumbre. Esto parece un poco ambiguo. A mi me pagan igual el día 2, el 10, el 15, el 7.Querría saber si esto se puede considerar retraso. Además. Desde agosto de 2015 si me pagaron con retraso:
Nom agosto pagada 15 de octubre
Nom sept y oct pagadas el 17 de dic en acto conciliación
Causo baja laboral por ansiedad en nov.
Nom nov y dic (incapaz temp) pagadas el 22 de enero
Nom de febrero (incapaz temp) pagada el 10 de febrero.
Mi pregunta es si ganaría en caso de demandar por estos hechos.
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