Es posible que una persona física pueda acceder a ser el beneficiario de una hipoteca inversa o de una renta vitalicia?
Un familiar va a optar por realizar una hipoteca inversa o una renta vitalicia (aún no lo tiene claro) y me ha comentado que antes de darle el piso a una empresa querría que me lo quedara yo cuando falleciera pero lógicamente igualando las condiciones que le ofrecen.
He visto que para realizar una hipoteca inversa el beneficiario (no el que recibe la renta) debe ser una entidad crediticia, no se si es igual para la renta vitalicia.
¿Alguna idea de como poder realizar ese tipo de contratos entre dos particulares siendo ambos personas físicas? No queremos realizar tramites de herencia ni cosas así sólo cumplimentar el mismo contrato pero entre nosotros dos.
Por último si se pudiera ¿Cómo cotizaría ese inmueble, por el valor catastral por lo que se haya abonado hasta el fallecimiento del titular?