¿Puedo construir en zona no inundable dentro de la zona de policía de un arroyo?

Tenemos una finca en Galicia calificada como Suelo de Núcleo Rural, urbanizable en 300 m. En la finca hay una casa antigua de tipología tradicional que está deshabitada. Nuestra intención es rehabilitar la casa y hacer una pequeña ampliación de volumen. A unos 25 m. De la casa hay un arroyo que extrema con la finca. Tanto la casa como la zona en la que queremos hacer la ampliación se encuentran en la cota más alta del terreno. Un vecino nos ha comentado que podíamos tener problemas por estar tan cerca del arroyo. En la Confederación Hidrográfica nos dicen que estamos en zona de policía y que antes de solicitar la licencia en el Ayuntamiento tenemos que solicitar una autorización de obras a la Confederación, y que puede ser que no nos la concedan y no podamos ni siquiera rehabilitar. En todo caso, tardan aproximadamente 6 meses en resolver una vez cursada la solicitud. Nuestro arquitecto sin embargo dice que no nos preocupemos, que los informes de cuencas hidrográficas los tiene que solicitar el propio Ayuntamiento una vez presentemos la solicitud de licencia con el proyecto básico. Por otra parte existe un estudio de inundabilidad del arroyo en cuestión, disponible en el visor del Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables. En estas simulaciones tanto la casa como la zona donde queremos hacer la ampliación estarían fuera de de la zona de avenida de 500 años. Otro dato es que al lado de la casa (y a unos 45 m del arroyo) hay una urbanización con tres chalets de reciente construcción (año 2006 aprox.), que por tanto estarían también dentro de los 100 metros de zona de policía, y tienen una cota de nivel igual e inferior a la de nuestra casa. Estas viviendas también están fuera de la zona inundable.

La verdad es que tenemos un montón de preguntas pues la incertidumbre es bastante grande y nos da miedo continuar adelante con el proyecto sin saber con seguridad si vamos a tener problemas:

¿Alguien sabe qué criterios se valoran para autorizar la construcción y/o rehabilitación de una vivienda en zona de policía?

¿Tenemos posibilidades reales de que la al encontrarse el terreno en el que vamos a realizar la obra fuera de la zona inundable?

Teniendo en cuenta lo que tardan las dos administraciones en dar una resolución, ¿debemos solicitar la autorización de la Confederación antes que la licencia del ayuntamiento, o podemos iniciar los dos trámites simultáneamente para agilizar, o tiene razón nuestro arquitecto y los trámites con la Confederación debe hacerlos el Ayuntamiento una vez presentemos el proyecto básico?

Si el ayuntamiento nos autoriza a construir, ¿podemos hacerlo sin solicitar la citada autorización de la Cofederación o nos podrían multar o hacer demoler la casa?

3 respuestas

Respuesta
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Por lo que cuentas ni has ido aún a tu ayuntamiento y, en cambio, hablas de "vuestro arquitecto". ¿Por qué no sigues los pasos que él te indique? Todo lo demás son conjeturas.

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Posiblemente no les permitan la ampliación que comenta, sí la rehabilitación interior siempre que no se exceda en perímetro construido (o sea, que no se toquen las 4 paredes)

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Sí que tienes que pedir permiso a Confederación, independientemente de la licencia de obras, por estar en zona de policía del cauce.

Este trámite lo tiene que hacer un técnico competente en la materia.

No tiene por qué denegarte el permiso, siempre que la ampliación no modifique las condiciones de desagüe del cauce.

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