¿Cuándo prescribe el delito de moobing?
Llevo más de 10 años trabajando en el mismo centro. Desde el primer momento hubo hacia mi una actitud de rechazo y aislamiento por parte de gran parte de los jefes y de los compañeros, que terminó derivando en lo que a mi entender fue una situación de acoso laboral, No me atreví a denunciarlo entonces por miedo, a pesar de que iba a trabajar medicada por un psiquiatra, seguía tratamiento psicológico e incluso llegue a necesitar 5 meses de baja laboral, cuando el hostigamiento fue máximo. Todos me decían que no podría probar nada y que un juez no me iba a creer sin testigos, porque nadie se atrevería a testificar, pudiendo además verme con una denuncia por injurias, etc, etc... Posteriormente, hubo un cambio en la Dirección durante 4 años que me apartó de mis anteriores funciones para protegerme de lo que el nuevo director vio claramente como una situación inadmisible, tras recabar la debida información de todas las partes implicadas. Ese director ha sido cesado y hace unos meses ha vuelto el anterior. Ahora hay gente que ya no trabaja aquí y se atreve a declarar a mi favor con lo que vio y escucho entonces. Mi pregunta es : ¿Puedo denunciar ahora todo lo que ocurrió hace más de 4 años? Prescribe el moobing si se sigue trabajando en el mismo centro, ¿o prescribe cuando se deja de trabajar en el?