Donar un inmueble al Ayuntamiento

Hemos recibido una casa rústica en herencia 5 hermanos, está en estado lamentable, y sólo ocasiona gastos (tuvimos que hacer una obra para quitar humedades de las que se quejaba el vecino, ya que la casa está adosada a la suya). Mi duda es la siguiente:

- ¿Qué gastos deberíamos de hacernos cargo los herederos si nos ponemos de acuerdo para donar dicha vivienda al Ayuntamiento?

- Si llegáramos a un acuerdo con el vecino para vendérsela, ¿Qué impuestos y gastos serían por su cuenta y cuáles por la nuestra?

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1.- Si deciden donarla al Ayuntamiento, no deben tener ningún gasto, bastará un acta del Ayuntamiento aceptando la donación, firmada por los herederos. En ese caso deberían pedir la condonación del IIVTU (Plus valía municipal)

2.- Si deciden y consiguen venderla, al comprador le correponderá pagar el ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales) y a vds, el IIVTU (Plus valía municipal) y dependiendo del valor que pusieron al heredarla y del precio que la vendan, deberán o no pagar Ganancia patrimonial en IRPF

Gracias por la rápida respuesta. En algún foro he leído que si se dona al Ayuntamiento, podría darse el caso que sí correspondiera pagar por Ganancia Patrimonial en la declaración de la renta. ¿Es eso cierto?

Eso puede ocurrir en el caso de que la Agencia Tributaria considere que el valor de la donación es superior al de adquisición por herencia.

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