Contabilizar facturas combustible con deducción del 50% de iva.

Tengo que contabilizar unas facturas de combustible de las que solo me puedo deducir el 50% de iva y no tengo muy claro como rectificar el asiento de dichas fras. Para que después cuadre y me salga el gasto completo para el IRPF.

Respuesta
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Por lo que parece indicar, usted es autónomo en estimación directa.

En principio, los gastos de vehículo si son deducibles al 50% (incluso más en algunos casos) para el IVA, pero no para el IRPF, pues le exigirán demostrar la afectación y uso exclusivo para la actividad económica (lo cual es casi imposible demostrar).

Por lo tanto, contabilice la mitad de la factura para el IVA y lleve a gastos extraordinarios la base imponible, así luego podrá descontar estos gastos extraordinarios de los gastos deducibles de su actividad económica.

Hola!! No acabo de entender como tengo que modificar el asiento porque yo paso la fra en recibidas y ya me crea el asiento que es:

6290002 Combustible                   76,03

4722101 H.P. IVA soportado        15,97

                                                                                 4100011  Acreedor    92,00

tengo que modificar aqui en la fra. el asiento haciendo un apunte nuevo?  estos son los importes reales de la fra. Solo tengo que poner el 50% en la base imponible y el iva? porque si modifico la cantidad total de la fra despues no será lo que realmente me cobre dicho acreedor.Supongo que no debe ser tan complicado como me lo parece a mi en estos momentos pero es que me he hecho un lio con esto. Gracias

Efectivamente la forma más sencilla es indicando la base imponible por 50% que es lo que usted podrá deducir para el IVA. Y tenga en cuenta que la cuenta de combustible no debe tenerse en cuenta para el IRPF, o tendrá problemas en caso de inspección, para calcular el rendimiento de la actividad económica.

El acreedor no cuadrara con lo que realmente le haya pagado, pero entendemos que usted no esta obligado a llevar contabilidad conforme código de comercio, sino registro de facturas emitidas y recibidas...

Si quiere o debe llevar contabilidad conforme código de comercio, la cuestión es más compleja (debe hacer apuntes separados por el 50 % con IVA y el 50% sin IVA para que el saldo de la 410 le cuadre) y debe ponerse en manos de un experto que le ayude con su caso concreto.

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