Yo entiendo que están en régimen de separación de bienes y que el piso está solo a nombre de su marido. Si, si puede "ponerlo a su nombre". Salvo superior parecer de un abogado/economista que me gustaría observara esto,.. lo que ocurriría sería :
He de suponer que estando el piso a nombre de el,.. el tiene el 100% de la titularidad salvo que tengan entre uds. y de forma particular algún acuerdo.
Para ponerlo a su nombre tendría que "donárselo" ante notario. Por ello pagaría ud.el impuesto de sucesiones y donaciones.. en este caso donaciones en la oficina liquidadora.. Tras algunas gestiones, el notario levantaría escritura de propiedad a su nombre y quedaría registrada en el Reg.Propiedad Urbana, siendo ahora ud. la titular con el 100%. No puede hacerlo en documento privado o al menos este no tendría valor o peso jurídico ni el notario podría inscribirla en el Registro... ni hacer escrituras de propiedad.
Esperemos de todas formas que un especialista perfile esto un poco mas.
Suerte.