Capitulaciones

Me voy a casar y quiero hacer sepaación de bienes. ¿Para eso tengo que hacerlo constar en capitulaciones? ¿Cuándo, antes o después de casarme?
Otra cosa, tengo una casa que quiero que sea de los dos, ¿tengo qué hacerlo constar en las capitulaciones o lo hago cambiano la titularidad? ¿Cómo sale más económico?

3 respuestas

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Lo puede hacer antes o durante el matrimonio. Para poner la casa a nombre de los dos es más barato hacerlo en las capitulaciones que en otra escritura.
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Salvo que resida en Cataluña o en Baleares deberá necesariamente hacer capitulaciones matrimoniales antes del matrimonio para que rija la separación de bienes.
Las capitulaciones matrimoniales se hacen ante notario, en cuanto al coste depende de que las llevéis redactadas en cuyo caso os saldrá por unos 100 euros o no en cuyo caso podría elevarse el precio, en todo caso es aconsejable que lo habléis antes en la notaria para saber el coste real de este tramite
Para que esa casa sea de los dos deberá hacerlo constar en capitulaciones matrimoniales, pero para que surta efectos frente a tercero deberá inscribirlo en el registro de la propiedad y además deberá pagar los impuestos correspondientes (bien donación si la transmisión se hace a titulo gratuito, bien irpf si es a titulo oneroso)
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Pues dependiendo de su comunidad autónoma, puede que ya se case en régimen de separación de bienes, como en Valencia o Cataluña.
Ha de realizar las capitulaciones en la notaria, donde si lo desea, puede incluir la aportación de la vivienda a la sociedad conyugal, pero esto implica el cambio en el registro y por lo tanto gastos. El notario le indicara como hacerlo. Si no se dice nada, la vivienda es privativa pues esta comprada antes del matrimonio.
Esto se suele realizar justo después del matrimonio.
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