¿Se puede desgravar el impuesto de sucesiones y plus valía¿? Pagados en 2010 por una herencia,

En 2010 herede una vivienda que hipoteque, hoy he ido a hacer la declarqacion de hacienda y me ha comentado la muchacha me atendió que puedo desgravar aun la parte proporcionar de esos impuestos en este ejercicio

Ella me pregunto si pago hipoteca, y la respuesta es si, pero es una hipoteca que hice sobre la vivienda heredada,

Me ha pedido que le lleve el desglose de las cuotas del préstamo hipotecaria de 2015 (ya que es este el ejercicio en el que estamos)

No me queda claro que esto sea así, ojala sea desgravable, pero ¿es posible? Sobre todo habiendo pasado ya 5 años que tengo entendido que es el tiempo en que se puede hacer

Respuesta
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Solo se pueden deducir los préstamos hipotecarios para la compra de vivienda habitual antes del 1 de Enero de 2013. Está vivienda proviene de una herencia, no por compra, luego el préstamo hipotecario con el que está gravada dicha vivienda no se puede deducir.

Cuando la venda tampoco podrá deducirse como gasto dicha hipoteca, pero sí el impuesto de sucesiones y la plusvalía que ha pagado.

Lo que sí tiene que declar por ella, es una imputación de renta, como segunda vivienda, sin desgravar ningún gasto, hasta que la venda. Si la alquila tendrá que declarar los ingresos del alquiler y aquí sí podría descontar algunos gastos y también solo los intereses del préstamo.

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