Recurso de casación e infracción procesal

Me urge conocer opiniones sobre la posibilidad de presentar un recurso de casación por interes casacional y/o extraordinario por infracción procesal.

En primer lugar que suelen tardar las sentencias del T.S.

¿Qué costes tiene un recurso de ese tipo y si existen costas?

3 Respuestas

Respuesta
1

Habría que examinar la sentencia para poder asesorarse con exactitud, por lo que comenta se trata de un proceso civil.

Por lo que dice podría tratarse de actos nulos, en cuyo caso tendría posibilidades de salir airoso del proceso, pero como le he comentado anteriormente sin ver toda la documentación es imposible decirle algo con exactitud.

¡Gracias! Muchas gracias por su rápida respuesta

Hola,

yo estaría dispuesto a enviarle la Sentencia de la A. Provincial  con estimación parcial.

Hay una parte (la rechazada) que no la comparto y existe jurisprudencia del magistrado Xiol Rios al respecto.

Si está de acuerdo y le interesa, sin ningún compromiso de antemano, puede leer la sentencia y facilitarme una breve opinión sobre las posibilidades, acompañando presupuesto donde incluya una valoración de costas en prevención de que puedan imponerlas.

Aguardo su respuesta,

cordiales saludos

Por supuesto: [email protected]

Respuesta
2

No creo que nadie pueda contestar a sus preguntas con exactitud. El tiempo no se puede predecir porque depende de bastantes aspectos, cuente más de un año.

El coste sin analizar el caso tampoco es predecible pero no menos de 3000 euros.

El recurso es sobre propiedad horizontal (cantidad indeterminada) y concretamente sobre acciones realizadas por un presidente cuyo nombramiento fue declarado nulo en sentencia firme, las siguientes convocatorias por el realizadas también fueron impugnadas, pero la Aud. Provincial justifica que en el momento de haber realizado las convocatorias era presidente y estaba legitimado para convocar. Yo entiendo e impugné esas juntas, entre otras cosas por ser convocadas por alguien que finalmente resultó anulado su nombramiento como presidente y por lo tanto no entiendo como pueden validar esos actos sujetos a la acción de impugnación y anulabilidad al estar impugnados en plazo y forma.

Como valora el asunto?

Desde nuestro punto de vista no hay un pronóstico fácil y aquí posiblemente las habilidades de los Abogados van a jugar un papel importante; no obstante hay un factor a tener en cuneta que es la persona que ha de emitir el fallo y ahí, no podemos saber por dónde irá. El punto más negativo que vemos es que ha habido una sentencia en contra y eso suele pesar; el punto positivo es que desde nuestro punto de vita, en lo que usted cuenta, tiene razón. Otro de los problemas es que no tenemos la versión de la otra parte que es importante saberla...

¡Gracias! Muchas gracias por su rápida respuesta.

Hola,

yo estaría dispuesto a enviarle la Sentencia de la A. Provincial  con estimación parcial.

Hay una parte (la rechazada) que no la comparto y existe jurisprudencia del magistrado Xiol Rios al respecto.

Si está de acuerdo y le interesa, sin ningún compromiso de antemano, puede leer la sentencia y facilitarme una breve opinión sobre las posibilidades, acompañando presupuesto donde incluya una valoración de costas en prevención de que puedan imponerlas.

Aguardo su respuesta,

cordiales saludos

No hay problema en analizar el caso con más profundidad, puede enviarnos la documentación: [email protected]

Respuesta
-2

Paso a responderte:

Duración. La estadística publicada por la Sala Civil del TS el pasado diciembre muestra que los recursos de casación se resuelven en una media de 22,2 meses. Los recursos que no llegan a admitirse a trámite (70% aprox.) se rechazan en 16,5 meses.

Viabilidad. En tu caso, al ser de cuantía indeterminada solo podrías interponer recurso por interés casacional. Para ver si existe interés casacional necesito estudiar la sentencia de la Audiencia Provincial. Lo bueno es que desde el 2014 está en la Sala Civil Eduardo Baena, que le interesan mucho los temas de propiedad horizontal.

Costas. Existe el riesgo de costas, pero en el TS no es un factor disuasorio. El TS aplica desde 2007 una doctrina que reduce mucho las costas. Al ser de cuantía indeterminada, en caso de interponerse, serán de poco importe.

Me dedico profesionalmente a la casación civil e intento adaptarme a todos los presupuestos. Aquí puedes ver el enlace a la jornada sobre casación que organizamos el próximo 26 de mayo http://www.jausaslegal.com/mejorar-viabilidad-recursos-de-casacion/

Estoy a tu disposición para comentar más en detalle tu caso (93 415 00 88)

Pablo Franquet

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