En el caso de la inspección de los 5 años, que le realizo repsol, su trabajo ciertamente es menor en tiempo para usted, por que solo realiza la prueba a la instalación de gas y una prueba de combustión, pero es completamente obligatoria.
Sin embargo parece ser que usted tiene un buen servicio de mantenimiento, y cuando va a realizar la revisión de su CALDERA evidentemente si hace bien su trabajo la abrirá, la limpiara, comprobara el baso se expansión, vera posibles fugas de agua y gas en el aparato, comprobara el rendimiento, y por supuesto realizara prueba de combustión. Mi empresa cuando realiza este tipo de revisiones, además le realizamos pruebas a la instalación de gas para ver su estanqueidad y ver si el regulador funciona correctamente, y si el usuario tiene radiadores, también vemos su funcionamiento y perdidas de agua en las partes visibles de la instalación, esto son servicios añadidos que se le dan al cliente, para el perfecto funcionamiento de la instalación y tranquilidad del usuario, y al igual que mi empresa, pues hay otras que hacen esto mismo que le indique, evidentemente un buen servicio deja contento al cliente y evita problemas que de otra forma solo los localizarías cada 5 años. Pero todas las pruebas que realicen a la instalación de gas no son vinculantes para la revisión de los 5 años, puesto que son PREVENTIVAS, Las que se realizan a la CALDERA si lo son, ¿y para que sirve entonces se preguntara usted el realizar la revisión a la CALDERA? Pues siguiendo con la analojia que hizo el compañero con la itv de los coches, si usted tiene un accidente y no tiene dicha itv la compañía de seguros, no le cubrirá y la responsivilidad penal y civil derivada de dicho accidente sera suya, y en el caso de la CALDERA es exactamente lo mismo, pongámonos en el peor de los casos, su caldera produce monóxido y por la inalacion del mismo muere una persona, pues si usted tiene la revisión al día con resultado positivo, usted no se ira a la cárcel, por que hizo la prevención que devia y si el parato tuvo un mal funcionamiento después, pues mala suerte y punto, lo mismo que si el parato causa daños a terceros, cuando usted quiera presentar el siniestro a la compañía de seguros, le pedirá dicha revisión antes de hacerse cargo de nada, recuerde usted que dicha responsabilidad penal se la pasa usted a la compañía revisora, que si no realiza un buen trabajo, sera la que apechugue entre rejas o económicamente según el caso