Renta imputada y exclusiva con inmobiliaria.

Un empleado de Hacienda me indicó que si cedes tu piso vacío a una inmobiliaria con un documento para que lo alquilen en exclusiva, estás liberado de la renta imputada a la hora de hacer la declaración de hacienda ¿eso es cierto? Porque no encuentro nada de ese tema por ningún lado.

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Aunque coincido con Amparo en que le tendrían que indicar la normativa que sistenta esa afirmación es posible que esa respuesta sea correcta, si vd tiene cedido ese inmueble a una sociedad para su alquiler, evidentemente no lo tiene a su disposición y por lo tanto no tendrá que imputarse renta por ello, pero hay un efecto colateral que puede ser dañoso para vd, ya que eso le puede impedir acogerse a la reducción del 60%

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Supongo que se referiría a que si lo cedes en alquiler a una inmobiliaria, en exclusiva, es a cambio de una "renta" anual y entonces has de declarar las rentas de tu piso como si estuviera alquilado, y reduciendo los gastos de IBI, Comunidad (si no la paga el inquilino) Seguro de Hogar, amortización, muebles etc.

En realidad me dijo (o yo entendí) que lo podía ceder a la inmobiliaria para que ellos traten de alquilarlo. En exclusiva se refiere a que solamente esa inmobiliaria puede enseñar el piso y alquilarlo. Y la ventaja que tiene el arrendador (en este caso yo) es que de este modo no tengo que pagar la renta imputada por tener un inmueble vacío.

Pues eso para mi.. es nuevo... Cuando te digan algo que te parezca una barbaridad... que te informen de dónde lo sacan... La línea de Hacienda en esta época está atendida por jóvenes que han recibido un mini-cursillo... y yo no me fiaría demasiado si no te citan "la fuente" de su información.

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