Alquiler vivienda. Cómo formalizar con Hacienda

Somos dos hermanos que por herencia tenemos un piso vacio en Madrid y otro fuera. EL DE Madrid tenía pendiente la hipoteca y lo alquilamos para cubrirla. Con el tiempo eso se ha quedado así y por desidia no hemos hecho ningún papeleo con Hacienda. También compramos unos garajes para alquilar. En total son unos 32.000 euros brutos al año, sin deducir nada.

Si lo ponemos en el IRPF ¿renunciamos a deducir gastos?

¿Qué tendríamos que hacer?

2 Respuestas

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Lo primero recomendarle se pongan en manos de un experto que les estudie y ayude con su caso concreto. Si lo desea, pueden encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal, laboral y contable en nuestra web.

En esto casos en muy común constituir una comunidad de bienes para la gestión administrativa y fiscal de los inmuebles, aunque en determinados casos se pueda estudiar constituir una sociedad limitada.

Si ustedes no declaran los alquileres, pueden tener problemas con Hacienda. Las compañías de suministro comunican los consumos y esto es un indicio que se esta teniendo muy en cuenta.

Como ahora no tienen nada hecho, si deberían declarar en su declaración de renta el beneficio de los alquileres o imputarse rendimientos en la proporción de propiedad que tienen cada uno. Si pueden deducir ciertos gastos.

Han de tener en cuenta, que el arrendamiento de garajes, que no sea conjunto con una vivienda, liquida IVA.

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Respecto a la vivienda alquilada les conviene regularizar la situación, antes de que la agencia tributaria los detecte, ya que en tal caso no podrán acogerse a las reducciones fiscales y el resultado final será mucho más gravoso para vds.

En cuanto a los ocales deberían darse de alta en IAE, como arrendadores, para poder ingresar el IVA que están obligados a repercutir a sus arrendatarios.

Les recomiendo la lectura de este enlace, aunque es antiguo, sigue vigente

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