Pago de Pensión alimenticia a hijos menores

Quisiera saber qué significa en una sentencia que el pago de la pensión alimenticia se hará del 1al 5 de cada mes y se ingresará por meses anticipados.

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Pues que básicamente, entre los días 1 y 5 de cada mes (5 días de plazo), se deberá abonar la pensión de alimentos correspondiente al mes en curso.

Cogiendo como ejemplo el mes de julio de 2.016, eso significa que la pensión de alimentos correspondiente al mes de julio de 2.016 deberá abonarse, como muy pronto el 1 de julio y, como muy tarde, el día 5.

Quedamos a su disposición.

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951 71 50 41

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