Estimado/a consultante,
Una vez que hay sentencia FIRME ya no cabe recurso y se debe cumplir la condena, que en su caso es a la Seguridad Social al pago de unas cantidades. Para instar a la Seguridad Social que pague sería necesario realizar un requerimiento acompañando la sentencia firme donde se exponga la obligatoriedad del cumplimiento. No se nos debe olvidar también que cabe la posibilidad de que haya atrasos que reclamar. Esto es muy importante, pues si los hubiera, pueden suponer una cantidad importante de dinero, que se debe de abonar junto a la pensión en sí. Sobre el tiempo, decirle que por la experiencia sé que el requerimiento suele agilizar bastante el cobro, porque la Seguridad Social, por Ley, tiene hasta 2 meses para hacer el pago desde sentencia firme.
Si desea iniciar los sencillos trámites de requerimiento a la Seguridad Social y estudiar los atrasos para ver si tienen cabida, no dude en contactar con nosotros sin compromiso ni coste a través de nuestra web www.lariosabogados.es o al teléfono 951 71 50 41.
Hola yo recibí la sentencia firme el 12 de enero y aún no he cobrado. dicen que tengo que recibir una carta antes el lunes se cumplen dos meses y ni carta no dinero .alguien me puede ayudar ? - Ana Anaya Perez