Los ingresos y gastos los declararás trimestralmente en la declaración de IRPF (previa alta en Hacienda, y en su caso, en la Seguridad Social), donde realizarás el correspondiente pago a cuenta según tus beneficios. En cuanto al IVA, la consulta vinculante V2970-14, de 3 de noviembre de 2014, afirma que las operaciones se entienden realizadas en China, lo que implica que no está sujeta al IVA español. Afirma Hacienda que existen dos transacciones: la primera sería la venta realizada por el comerciante minorista al consumidor final en China o en el lugar donde se encuentre situado el dropshipper que abastece al comerciante minorista (Independientemente de donde radique la tienda On Line la compra del consumidor final se entenderá localizada en el lugar del dropshipper, por lo tanto aun cuando el consumidor final pudiera pensar que esta realizando una compra en España la compra podría estar realizándose en un lugar distinto) y, la segunda, una importación bajo responsabilidad del consumidor final en este caso sujeta a tributación en España (El consumidor final se convierte en el responsable de la correcta liquidación del IVA y los aranceles en aduana quedando bajo su responsabilidad que la mercancía se declare de forma correcta)
Puedes consultar el texto íntegro de la consulta en este enlace: http://petete.minhap.gob.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?NDoc=32323&Consulta=%2EEN+DESCRIPCION-HECHOS+%28iva%29&Pos=549&IP=0&IC=1