¿Terraza de la comunidad o del piso?

Se trata de un primer piso en el que hay una terraza en el patio interior ( es techo de los bajos) se ha reparado una zona en la que se movían unas baldosas. Este piso tiene los mismos enteros que el piso inmediatamente superior, de las mismas características pero sin terraza interior. ¿Es suficiente este dato para demostrar que es una reparación en zona común y por lo tanto debe hacerse cargo la Comunidad y no el propietario del piso 1º? Las baldosas que se movían están muy cerca del desague del patio. Sospecho que tiene relación pero no puedo asegurarlo.

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Lo normal, siendo cubierta de otro piso, es que, en efecto, sea terraza comunitaria. No obstante, la manera de tener la certeza es consultando la escritura de división horizontal.

Buenos días.

¿La escritura de división horizontal se solicita en registro o en ayuntamiento? ¿También es posible que lo recoja los estatutos de la comunidad?

Saludos

En el Registro de la Propiedad

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