¿Se puede recurrir esta multa?
Un particular recibe una notificación POR CORREO ORDINARIO de que ha sido fotografiado por circular con exceso de velocidad. Al no ser carta certificada el particular hace caso omiso. A los tres meses de la infracción sale su nombre publicado en el BOE con la sanción.
¿Se considera notificada una denuncia por haber sido enviada por correo ordinario dejando el cartero la carta en el buzón sin más?
¿Tiene la administración obligación de notificar por correo postal antes que publicar en el BOE? ¿Cuántas veces deben hacerlo?
2 respuestas
Respuesta de Francisco Rodriguez Durán
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Respuesta de loconde
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