Plan XXI Mediterráneo Vida BS

Desde 1990 tengo suscrito este producto con la antes CAM ahora Banco de Sabadell. El próximo mes de diciembre es la fecha de vencimiento, les agradecería si es posible me informaran sobre las posibilidades de recuperar el capital acumulado, total o como renta vitalicia, y la fiscalidad.

He hablado con un gestor de la oficina donde tengo el plan XXI y me dió la sensación de que no tiene mucha idea. Primero, me indica que no se puede recuperar como renta vitalicia pues cambió en fechas pasadas, luego que no estaba seguro pues le indiqué que yo tenía un documento de la CAM que indicaba esa posibilidad y no me han comunicado ningún cambio posterior. Dejándome en la incertidumbre de no saber qué hacer llegado el momento. Tan solo me dijo que lo consultaría y me llamaría. Pasa el tiempo y sigue sin poder informarme adecuadamente.

Es por ello que buscando por Internet para recabar información sobre éste producto y encontré este foro. Por lo que sería de agradecer si alguien puede dar información.

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Los Planes de pensiones se pueden rescatar sus derechos consolidados o saldo cuando se cumplen unas contingencias o hechos, que son muerte, jubilación, invalidez. Enfermedad grave, paro, o tener el plan de pensiones una antigüedad superior a diez años a partir del 1 de Enero de 2015. No se puede rescatar por el vencimiento de un plan de pensiones. Cuando esto ocurre nuestro plan de pensiones, o lo modifica la entidad Gestora o se ha traspasar a otro plan de pensiones.

El segundo punto es como lo puedo rescatar. Una vez cumplida alguna de las contingencias arriba descritas anteriormente se puede rescatar de las siguientes formas:

  • Capital: La entidad gestora entrega a los beneficiarios todos los derechos consolidados menos las retenciones correspondientes
  • Renta Vitalicia: La Entidad gestora calcula en función de Tu edad y el importe de los derechos consolidados una cantidad periódica que se recibirá hasta la defunción del beneficiario. También se le aplicará la retención si procede
  • Renta temporal: El beneficiario solicita una cantidad periódica a la entidad y esta se la entrega hasta que consuma el saldo. Mientras haya saldo el plan de pensiones va evolucionando. Aquí también se aplica la retención que proceda
  • Renta Mixta: el beneficiario solicita rescatar una parte en forma de capital y otra en forma de Renta. Evidentemente también se aplica la retención legal

La retención que se aplica va en función de la cantidad anual a cobrar y de algunos aspectos personales y familiares del beneficiario

Por último no falta saber el Trato fiscal. Primero hemos de saber que las prestaciones de un plan de pensiones tiene la consideración de Rentas de trabajo, y tributan como tales.

Si rescato en forma de capital, la prestación tiene la consideración de renta irregular, teniendo una reducción del 40% de las prestaciones recibidas y que sean provenientes de las cantidades aportadas antes de 1 de enero de 2007. Y si lo rescata como mucho dos años después de la contingencia. El resto no tiene ninguna reducción

Si rescatamos en forma de renta, la prestación tributa igual que un sueldo o pensión, sin ninguna reducción

Si rescatamos en forma mixta cada parte tributa como lo que es.

Si hacemos dos o más recates en forma de capital, solo tiene derecho a la reducción uno de los rescates.

Como ves es para saber lo que más te interesa se debe hacer una simulación. Si la quieres te la puedo calcular. Mi teléfono es el 639199363, mi mail [email protected]

Recordarte que no es obligatorio rescatar el plan de pensiones y lo puedes traspasar a otra entidad que te de más servicio y/o rentabilidad. No dudes en consultarme

¡Gracias! , por la rapidez en contestar y por la claridad de la respuesta aunque he de decirte Carlos que el producto Plan XXI89 de Mediterráneo Vida SA seguros y reaseguros que lo gestionaba la anterior CAM ahora Banco de Sabadell, no es un plan de pensiones sino un seguro de ahorro o como a me indicaron en su momento un plan de jubilación. 

Muchas gracias y un cordial saludo 

¿En este plan de ahorro has hecho aportaciones periódicas constantes o no? ¿Desde cuándo lo tienes? ¿Y si has hecho aportaciones periódicas desde cuando hasta cuando?

¡Gracias! En efecto, TODOS los meses desde junio de 1990 he aportado al plan cantidades, se inició con 500 pesetas mensuales con un incremento anual del 10%, actualmente las aportaciones son de 108 euros que finalizarán en diciembre del presente año.

Un saludo y gracias por la atención. 

Manuel 

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