¿Puedo coger la baja después de estar 2 años de permanente total por el ICAM?
Hace 3 años me operaron por una hernia discal en L5-S1, quedando con una fístula de líquido cefalorraquídeo, calcificaciones en la médula a nivel de la zona intervenida, lesión en el nervio ciático y pérdida de sensibilidad en la pierna derecha. Al estar más de un año de baja laboral de mi puesto de trabajo (operaria en una empresa automovilística), me hicieron pasar por el ICAM, concediéndome una incapacidad permanente total y una discapacidad de un 34%. Ahora, dos años después, el ICAM me hace reincorporarme en mi puesto de trabajo por resolución de la fístula de líquido cefalorraquídeo, a pesar de que las otras lesiones no han mejorado y de la contraindicación de los médicos que me operaron que afirman que no puedo realizar ningún tipo de trabajo que requiera estar en bipedestación o sedestación prolongada así como coger peso. Desde la empresa me han dicho que si tengo una recaída no podré coger la baja hasta dentro de 6 meses por el motivo de mi espalda. ¿Puedo cogerla por otro motivo? ¿Es esto legal?