En relación a su caso, para poder reagrupar a su hermano dentro del régimen de "Familia Extensa", usted deberá poseer nacionalidad española o comunitaria y acreditar que se el familiar esté económicamente a su cargo. Así podrá obtener un permiso de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea (Tarjeta comunitaria), que le autorizará a residir y trabajar en España durante un plazo de cinco años (prorrogable).
Como su familiar es de un país que no requiere visado, podrá entrar a España, sin necesidad del visado y tramitar en España la residencia.
Si no tiene suficientes medios de pruebas, estando en España podremos aportar un "acta de manifestaciones" que tramitaremos desde nuestro despacho, o esperar un tiempo a que familiar tenga un arraigo más asentado en España a su cargo, para poder tramitarlo.
Requisitos que deberá demostrar:
- -Demostrar parentesco.
-Demostrar dependencia económica durante los últimos 12-24 meses.
-Demostrar que el ciudadano español dispone de suficientes medios económicos que garantizan dicha dependencia.
Documentación:
- Acta de nacimiento de los interesados y de las personas implicadas hasta demostrar el grado de consanguinidad o afinidad.-
- Copia de pasaporte
- Certificado original de los envíos realizados durante los dos últimos años, firmado y sellado por la empresa española de remesas o entidad bancaria correspondiente.
- Contrato de trabajo/ y/o vida laboral del ciudadano español y/o últimas 3 nóminas…
- Certificado de empadronamiento extenso (donde conste todos las personas que viven en la vivienda).
- Copia de las tarjetas de residencia o DNI de todos los miembros de la familia que convivan con el ciudadano español.
- Acta de manifestaciones
- Pruebas de la convivencia si corresponde en su caso de los últimos 24 meses: contrato de arrendamiento en común, escritura de propiedades o vehículos, cuentas bancarias en común, facturas de compañía telefónica (la del año inmediato anterior y la del último mes), factura de televisión por cable, fotografías, etc.
http://tolentinoabogados.com/index.php/es/ciudadanos-comunitarios/residencia-comunitarios/familia-extensa-para-obtener-residencia-por-familiar-comunitario
Quedamos a su completa disposición.