Altura salida de humos chimenea

Tengo una duda y quería opinion de expertos.

Mi hermana vive en una planta baja, el piso superior no es suyo es de otra persona y la vecina que pega a la pared del patio ( la parte trasera de la calle) se ha instalado una chimenea de hierro, a colocado un tubo de un metro y cuando la enciende mi hermana no puede tender la ropa ni abrir puertas o ventanas porque le apesta todo a humo.

He leído por internet algunas normativas pero no me quedan claras, como que la chimenea debería estar a más altura de los edificios colindantes cosa que no cumple ni por asomo, ¿es así? ¿En qué artículo lo especifica?

3 respuestas

Respuesta

La chimenea, debe sobrepasar el techo de la casa, ahora bien, si las casas circundantes son de distintas alturas, no hay una norma general que diga que debe sobrepasar la casa mas alta de la zona; cada ayuntamiento tiene de todas formas su propia normativa en este sentido, y es la que deberás consultar.

Hola, siguiendo su consejo mi hermana fue a pedir la normativa al ayuntamiento y le han dado esto:

"Disposición transitoria Primera.

 En tanto no se aprueben las distintas Ordenanzas Municipales previstas en la normativa, seguirán aplicándose las disposiciones análogas actualmente vigentes, en cuanto no se opongan al contenido del presente Plan General de Ordenación Urbana y, en particular, a las presentes Normas.

Artículo 435. Evacuación de humos, vahos, gases y aire acondicionado.

 1. En toda nueva construcción se prohíbe la salida libre de humos y la evacuación forzada de vahos y gases diferentes del aire por fachadas, patios comunes, balcones, ventanas y otros huecos de ventilación similares, aunque dicha salida tenga carácter provisional.

 2. Las chimeneas o conductos de humos, vahos, gases y aire viciado deberán efectuar la descarga a la atmósfera de tales productos un (1) metro por encima de la parte superior de cualquier hueco de ventilación de local, recinto o habitación, situados a una distancia inferior a ocho (8) metros, ya sea del propio edificio o de otros vecinos.

 Cuando los conductos se sitúen en la cubierta o azotea de edificios entre medianeras de nueva planta que se ubiquen entre edificios existentes de superior altura con huecos de iluminación y ventilación situados en los planos de fachada del vial y del patio de manzana, se considerará una distancia inferior a cuatro (4) metros entre los conductos y dichos huecos de iluminación y ventilación, a afectos de la obligación de descarga a la atmósfera al menos un (1) metro por encima de la parte superior de éstos, siempre que los conductos queden enfrentados a las medianeras de los edificios colindantes por la dimensión o situación de los mismos"

Entiendo pues que esos 8 metros mínimos son los que le impiden tener la salida donde la tiene, verdad?

Si, pero por lo que cuentas, las dos casas comparten una pared, así que no habrá esos 8m, entiendo que tu hermana no tiende en la azotea, sino a la altura de alguna ventana; si es así, la vecina deberá instalar una chimenea que sobrepase un metro la altura máxima de cualquier casa en un radio de 8m respecto a la suya; si no lo quiere hacer por las buenas, denuncia en ayuntamiento y policía local (citando la propia normativa que le han dado), la policía pasara a precintarle la instalación (y seguramente multarla) hasta que la subsane, comentarle esto, seguro que prefiere hacerlo "de buenas".

la pared blanca es la terraza de mi hermana, ella vive en un bajo el edificio entero es mas alto que la salida de humos, y el edificio del fondo con el toldo también es mas alto

la salida de humos esta a metro y medio escaso de la terraza de mi hermana donde tiende ropa

Aplica la normativa, si la casa de tu hermana (o cualquier otra edificación) esta a menos de los 4 metros (que marcan como mínimo), la chimenea deberá sobrepasar estos edificios 1 metro por encima de los tejados; si no es así, queja en el ayuntamiento (urbanismo), esto es gratis, no hace falta aparejador ni nada por el estilo; el técnico del ayuntamiento ira medirá y hará el informe correspondiente.

Respuesta

Olvídate de intentar interpretar las normativas pues, en cada sitio son distintas y poco claras en un tema como este. El ûnico camino es que presentes una denuncia por escrito en tu ayuntamiento, y te atengas a lo que sus técnicos determinen.

Hola, siguiendo su consejo mi hermana fue a pedir la normativa al ayuntamiento y le han dado esto:

"Disposición transitoria Primera.

 En tanto no se aprueben las distintas Ordenanzas Municipales previstas en la normativa, seguirán aplicándose las disposiciones análogas actualmente vigentes, en cuanto no se opongan al contenido del presente Plan General de Ordenación Urbana y, en particular, a las presentes Normas.

Artículo 435. Evacuación de humos, vahos, gases y aire acondicionado.

 1. En toda nueva construcción se prohíbe la salida libre de humos y la evacuación forzada de vahos y gases diferentes del aire por fachadas, patios comunes, balcones, ventanas y otros huecos de ventilación similares, aunque dicha salida tenga carácter provisional.

 2. Las chimeneas o conductos de humos, vahos, gases y aire viciado deberán efectuar la descarga a la atmósfera de tales productos un (1) metro por encima de la parte superior de cualquier hueco de ventilación de local, recinto o habitación, situados a una distancia inferior a ocho (8) metros, ya sea del propio edificio o de otros vecinos.

 Cuando los conductos se sitúen en la cubierta o azotea de edificios entre medianeras de nueva planta que se ubiquen entre edificios existentes de superior altura con huecos de iluminación y ventilación situados en los planos de fachada del vial y del patio de manzana, se considerará una distancia inferior a cuatro (4) metros entre los conductos y dichos huecos de iluminación y ventilación, a afectos de la obligación de descarga a la atmósfera al menos un (1) metro por encima de la parte superior de éstos, siempre que los conductos queden enfrentados a las medianeras de los edificios colindantes por la dimensión o situación de los mismos"

Entiendo pues que esos 8 metros mínimos son los que le impiden tener la salida donde la tiene, verdad?

Se os quitaron de encima dándoos las Ordenanzas Municipales, las cuales no tenéis porqué saber interpretar. Ya te lo dije textualmente desde un principio, y veo que no me hiciste caso... Lo que procede pues es que presentéis una denuncia por escrito (normalmente los Ayuntamientos tienen un impreso al efecto) explicando la situación con el máximo detalle, y adjuntando algunas fotografías que muestren de lo que estáis hablando. Os tienen que firmar y sellar una copia de vuestro escrito, el cual os quedará como constancia. Ellos no van a tener más remedio que enviar un técnico municipal a hacer una inspección, y dictaminar sobre lo que haya que hacer, lo cual se lo tendrán que exigir a tu vecina. En la carta que entreguéis pedid también, en la despedida, que en su día os den copia de la resolución "a los efectos consiguientes". Y si veis que el asunto no se mueve, pues ya sabes, nueva carta y, esta vez, enviada por BuroFax. Entonces sí que se moverán pues los puedes culpar de "negligencia administrativa", lo cual no les conviene.

Mi hermana pretende arreglarlo de forma amistosa antes de denunciar.

Le dará copia a la vecina y si no la quita entonces pondrá denuncia en el ayuntamiento.

Gracias!

Mándame una foto para que yo pueda ver como es esta salida de humos.

Si me facilita un email mañana mismo se la envio

La puedes enviar por aquí mismo. Al escribir la respuesta, en la parte de arriba del recuadro aparece una línea de iconos; el primero de la izquierda es una especia de montaña con un sol. Pincha ahí y sigue los pasos que se indican.

El tubo negro que se ve al fondo es su salida de humos, la foto esta hecha desde la puerta de mi patio y como ve arriba tengo una terraza donde tiendo la ropa, le adjunto foto desde arriba tambien

 No consigo ponerla derecha, la pared blanca es de mi terraza y ahí ve la distancia hasta el tubo que no hace ni metro y medio

Da la impresión, por las fotografías, que la salida del tubo es lo suficientemente alta como para cumplir la normativa pero, claro, ello habría que verlo físicamente. Normalmente (las ordenanzas municipales de cada lugar pueden ser diferentes) se exigen "2 metros por encima del techo de cualquier edificación colindante". Con las fotos no lo veo muy claro. ¿Con las fotos en la mano, porqué no volvéis a preguntar en vuestro ayuntamiento? Seguro que os lo aclararán.

No esta dos metros por encima de ningún edificio colindante, mi hermana vive en un bajo y hay un piso superior, para superar el edificio tendría que alargar esa salida como tres veces su altura actual y aun así no lo sobrepasaría, solo lo igualaría

Esta tarde sacare foto desde la calle a ver si así puede verlo mejor

El edificio de mi hermana es el de color amarillo de la derecha, su terraza esta pegada a un metro y medio de la salida de humos que se en las anteriores fotos.

La salida no supera la altura de ninguno edificio colindantes.

Debo insistir. Deberíais hacéroslo ver por alguien, y lo mejor seria que fuese el mismo ayuntamiento quien lo hiciese. Tenéis el recurso, pero esto cuesta dinero, de recurrir a un aparejador de vuestra zona, quien estará informado de las normativas locales. A distancia, me veo incapaz de opinar. Lo siento, no puedo aportar nada más.

Respuesta

Mi consejo es que vayas a tu ayuntamiento a hacer la consulta ya que además de las normas Estatales y/o Provinciales también puede haber limitaciones a través del PGOM de tu ayuntamiento. No entendí muy bien si la vecina es del propio edificio o de otro medianero.

Es otra planta baja medianera

Los patios comparten separación por la misma pared

Hola, siguiendo su consejo mi hermana fue a pedir la normativa al ayuntamiento y le han dado esto:

"Disposición transitoria Primera.

 En tanto no se aprueben las distintas Ordenanzas Municipales previstas en la normativa, seguirán aplicándose las disposiciones análogas actualmente vigentes, en cuanto no se opongan al contenido del presente Plan General de Ordenación Urbana y, en particular, a las presentes Normas.

Artículo 435. Evacuación de humos, vahos, gases y aire acondicionado.

 1. En toda nueva construcción se prohíbe la salida libre de humos y la evacuación forzada de vahos y gases diferentes del aire por fachadas, patios comunes, balcones, ventanas y otros huecos de ventilación similares, aunque dicha salida tenga carácter provisional.

 2. Las chimeneas o conductos de humos, vahos, gases y aire viciado deberán efectuar la descarga a la atmósfera de tales productos un (1) metro por encima de la parte superior de cualquier hueco de ventilación de local, recinto o habitación, situados a una distancia inferior a ocho (8) metros, ya sea del propio edificio o de otros vecinos.

 Cuando los conductos se sitúen en la cubierta o azotea de edificios entre medianeras de nueva planta que se ubiquen entre edificios existentes de superior altura con huecos de iluminación y ventilación situados en los planos de fachada del vial y del patio de manzana, se considerará una distancia inferior a cuatro (4) metros entre los conductos y dichos huecos de iluminación y ventilación, a afectos de la obligación de descarga a la atmósfera al menos un (1) metro por encima de la parte superior de éstos, siempre que los conductos queden enfrentados a las medianeras de los edificios colindantes por la dimensión o situación de los mismos"

Entiendo pues que esos 8 metros mínimos son los que le impiden tener la salida donde la tiene, verdad?

La salida de humos deberá estar 1 m por encima de cualquier ventana o hueco de ventilación que se encuentre a menos de 8m de distancia de la fuente. (Del propio edificio o los colindantes)

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