Tómese esto como algo orientativo nada mas y no como una respuesta fija.
Aquí en España podemos mover dentro del territorio nacional hasta 100.000 euros y sacar al extranjero un máximo de 10.000 euros "sin tener que declararlo/solicitarlo". El fin en teoría es proteger en medida la evasión de divisas.
Por ende, he de suponer y mas ahora con la problemática del Brexit que Inglaterra pueda hacer lo mismo y poder tener un tope máximo. Esto lo puede consultar directamente a cualquier agente de aduanas de allí o entidad bancaria. Con eso sabría cual es lo máximo que puede transferir legalmente y sin problemas desde allí o sacar directamente en mano,(entiéndase maleta y viaje) sin que le pudieran intervenir el dinero.
Dicho esto, si ud lo ingresa en España, bien por transferencia o en mano en una entidad bancaria, creo que una de las últimas órdenes del Banco de España a las entidades bancarias es dar conocimiento,(supongo a la Ag. Tributaria) de quién ingrese "no me crea... pero creo que mas de mil euros de una vez) en una cuenta. Por ello, ud vendrá obligado en los ejercicios de años siguientes a ponerlos en la declaración de la renta si residiera aquí. Si continuase residiendo en Inglaterra... me quedo sin respuesta, pero me extraña que la cantidad total ingresada aquí no rinda o tribute cuentas.
Esperemos que algún economista o entendido lo pueda aclarar algo mas.
Suerte
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