Un proyecto es un documento técnico que garantiza el cumplimiento de las condiciones urbanísticas, y las prestaciones básicas de funcionalidad, seguridad y habitabilidad.
La exigencia de un proyecto no la puede pedir un comunidad de vecinos; ya que la verificación de que se cumplen las condiciones urbanísticas y de prestaciones básicas es la Administración Pública. De ahí el régimen de otorgamiento de licencias.
- Si necesitas permiso de la comunidad de vecinos por ser la azotea o cubierta un elemento común.
- La comunidad no puede exigirte un proyecto. Si podría hacerlo el Ayuntamiento para darte la licencia. En este caso supongo (sin más datos) que se trata de una obra menor. Podría ser de aplicación, sgún la potencia instalada, el RITE (Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios)
Si no hay exigencia de proyecto por parte de la Administración Pública, no veo razón justificable para que lo pida la comunidad de vecinos.
Y si lo pidiesen, para darte el permiso por ser elemento común. Nadie de la comunidad de vecinos tiene la autoridad para cuestionar decisiones facultativas tomadas por el proyectista. Aún sin esa autoridad (que no la administración tiene) ¿Quién o quienes de la Junta de vecinos tiene la capacidad técnica para verficar el proyecto?
En cualquier caso que te pidieran proyecto: nadie se puede meter en las decisiones que ha tomado el proyectista, y la "aprobación" del proyecto por la comunidad de vecinos es papel mojado. Con lo que esto supone en términos económicos: coste de proyecto y coste de visado.
De esto es de lo que va el Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio.
- Si el proyecto es para que la administración y otorgamiento de licencia: proyecto visado y régimen de competencias profesionales de la LOE (Ley de Ordenación de la Edificación), y en este aspecto particular lamento disentir tanto de la comunidad de vecinos como de @fpginzo. Es el Ayuntamiento quien tiene la obligación de comprobar la compentencia profesional del técnico firmante del proyecto.
- Si el proyecto es para la comunidad de vecinos da igual quién firme el proyecto y si está visado o no. La Comunidad de Vecinos te tiene que dar permiso para "tocar" un elemento común. ¿Te piden que el proyecto sea redactado por aparejador? ¿Y por qué no por un técnico de la NASA, o por un catedrático de Derecho Romano? Es algo que no tiene ningún sentido. Sin proyecto para licencia de obras ese proyecto, lo firme quien lo firme, tiene la misma validez legal que si lo firma mi abuela, y en consecuencia que se lo visen en el Club de Tute. No tiene ningún sentido.
Trata de razonar esto con la Comunidad de Vecinos, ya que posiblemente el Ayuntamiento sólo te pida licencia de obra menor; lo que te supondrá menos gastos.