¿Cuánto se queda hacienda de la venta de un piso?

Si una persona que por su grado de invalidez está exenta de pagar el IRPF y de hacer, por tanto, la declaración de la renta vende un piso, ¿cuánto ha de pagar a hacienda, qué proporción del precio de venta?

1 respuesta

Respuesta

Lo primero recomendarle se ponga en manos de un experto que le estudie su caso concreto.

Puede encontrar información sobre su caso en http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Informacion_institucional/Campanias/Renta/2015/Folletos/Folleto_Discapacidad_Renta_2015.pdf 

La venta de un inmueble genera una ganancia patrimonial en su declaración de renta... Y este incremento será el beneficio obtenido por la venta, es decir la diferencia entre el precio de compra y el de venta (incluidos los gastos de ambos) y puede que con aplicación de algún coeficiente.

También ha de tener en cuenta el posible pago de la Plusvalía Municipal y las posibles exenciones que puedan existir en función de su minusvalía.

El folleto de la Agencia Tributaria es demasiado complejo para mí. El caso concreto es el de una persona con discapacidad psíquica del 33% que va a vender un piso de su propiedad sin cargas de ninguna clase. Si necesitan más datos, pregúntenme. 

Nosotros contestamos preguntas desinteresadamente, pero no estudiamos casos concretos... Para ello, debe ponerse en manos de un experto que le estudie su caso concreto y le realice los cálculos. Nosotros le hemos dado la información general sobre el mismo y donde puede encontrar la solución dependiendo del grado de minusvalía...

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