Pensión INSS a la vez que otra Clases Pasivas Estado

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-Hola Sr. Javier. Como verá, ya he descubierto que pasando espacios con puntos o guiones, el texto no se corta y le puedo saludar de entrada.

CONSULTA: Mi madre por el SOVI, cobraba un importe de 601,00 euros después de sus años trabajados. Ahora al fallecimiento de mi padre,(funcionario), por Clases Pasivas del Estado la pensión de viudedad que le queda en bruto,(ojo, no tiene retención alguna, cosa que no me gusta) es de 890 euros. Al ver su cartilla esta mañana le habían bajado la del SOVI a 359 euros y comprobado con cert. Digital, así de correcto es. Antes de pasar esto estaba pensando comentarle al habilitado de c. Pasivas si sería conveniente solicitar que le aplicasen una cantidad poco más o menos que exacta de retención en la de viudedad,(c. Pasivas), por eso de que el año que viene, por dos pagadores y el tema de usufructo del piso "pagara" en la declaración de la renta. .- Cree ud. Que con esa bajada de 242 euros por la del SOVI, ¿podría pasar a groso modo?..., ¿O por el contrario aún debieran de quitarle más?. Obviamente le han quitado ingresos no irpf, que no tiene en ninguna quedándole un bruto de 17.486 en 14 pagas. En cuanto a la vivienda su porción de caudal hereditario es de 7.650 euros, obviamente el 100% del usufructo pero la vivienda no se vende y continúa siendo su morada.

Y saltando puntos.. Gracias y un cordial saludo.

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Francisco, buenas tardes. Perdón por la tardanza. A ver, efectivamente al tener tu madre dos pagadores y ninguno de ellos le practica retención, y por los importes que percibe, la declaración de la renta le va a salir a pagar y bastante. Mi consejo es proceder primero al calculo de la retención que le debería practicar a través de la aplicación que tiene la agencia tributaria para ello y que puedes encontrar en el siguiente enlace: https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/PRET-R160/index.zul

En la aplicación se ponen las circunstancias personales junto con los datos económicos y calcula el porcentaje de retención. Seguidamente se puede hacer lo que se conoce como solicitud de tipo de retención superior, en este caso en la seguridad social.

También recomiendo, para el año que viene, confeccionar y presentar el modelo 146 en hacienda a principio del ejercicio: http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Modelos_y_formularios/Declaraciones/Modelos_100_al_199/146/mod146_mi_MI.pdf 

Así será mucho mas comodo.

... Muchas gracias por todo, un saludo.

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