Aclaración sobre daños por agua en seguro
En mi comunidad, se ha picado una tubería de agua caliente a la entrada de una vivienda. Después de llamar al seguro comunitario, este ha dicho que como la avería era desde el contador hacia la vivienda, debía hacerse cargo el seguro individual de dicha vivienda.
Yo tengo mis dudas, ya que en este caso sí que está la vivienda al lado del contador, pero hay pisos que están a mas de 4 metros del contador.
Mirando la póliza del seguro de la comunidad, veo que en INTERÉS ASEGURADO hay un punto que dice:
Acción del Agua:
Escapes por rotura accidental de conducciones aparatos o depósitos fijos de uso común y privativo.
Y otro (en el mismo apartado) que dice:
Derrame de líquidos por rotura accidental de conducciones, aparatos o depósitos fijos de combustibles para la calefacción de uso común. A los efectos de este riesgo, se entienden como conducciones comunes, las de suministro general hasta la llave de paso de cada piso o local y las de evacuación general, desde su unión con los desagües de cada vivienda o local. Como conducciones privativas, las de uso exclusivo de cada vivienda o local, hasta la llave de paso o su unión con los desagües generales.
Quisiera que me aclararais si es correcto que el seguro comunitario no se haga cargo del siniestro, y la diferencia entre escapes y derrame de líquidos.