El Ayuntamiento a instalado una tubería de desagüe de aguas fecales a escasos metros de mi pozo de agua potable, es legal?

Recientemente, el Ayuntamiento a instalado una tubería de PVC de aguas fecales provenientes de unas viviendas y que rodean mi pozo de agua potable a escasos metros, es legal, no hay un mínimo de metros, temo que con los años la tubería se deteriore y filtre agua contaminada a mi pozo de agua potable.

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Eso es totalmente ilegal y sumamente peligroso para la salud de toda su familia y otras cercanas Para su mejor ilustración, una descarga de aguas fecales o depósito del mismo material fecal por tuberías y/o fosas septicas, debe respetar lo que a ese respecto indica la OMS:

La distancia horizontal entre la fuente de aguas fecales y el pozo de agua potable debe estar a una distancia mínima de 80.0 a 120.0 metros, tomando en cuenta la pendiente del terreno. A medida que el terreno entre uno y otro objeto de obra sea más plano, la distancia horizontal debe ser la mayor.

En cambió, la distancia vertical o elevación entre la superficie de ambas fuentes (pozo de agua potable y letrina o fosa séptica) debe ser de por lo menos 3.0 metros. (El pozo arriba de la pendiente - al inicio de la misma - y la fosa abajo de la pendiente, después del pozo)

En este caso, me parece relativamente fácil lograr por medio de una demanda legal la acción de eliminar de inmediato la tubería de aguas fecales y orientarla hacia otro punto que no le ofrezca riesgos de contaminación al pozo.

Se recomienda a lo inmediato tomar una muestra de agua del pozo cuando este en operación con bomba eléctrica, bomba de mecate, etc . y llevarla a un laboratorio especializado que le haga un analisis bacteriológico o de potabilidad y analizar los resultados y recomendaciones que dicte el laboratorio.

En todo caso, mientras no se elimine la fuente de contaminación potencial (a lo mejor ya contaminó al pozo) no se recomienda tomar el agua del pozo, menos asi "cruda". Si deciden o tienen que hacerlo (al no contar con otra fuente) antes que se elimine la fuente potencial de contaminación, hay que hervirla o clorarla adecuadamente.

Por último, debe observarse si el nivel del agua o espejo del agua en el pozo esta cerca de la superficie; (medir profundidad) aqui, el riesgo de contaminacón es directo y mucho mayor, lo cual puede causar: shiguelosis, tifoidea, paratifoidea, etc. a nivel de peste endémica, por cuanto la contaminacón es por "escherichia colli" o heces fecales

Atte.

Gilberto González N./Ingeniero Civil y Agrícola-Nicaragua.

PD: Quedo a sus órdenes para cualquier otra pregunta o consulta sobre el tema o conexo.

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Si ese pozo está legalizado, debería Vd dirigir una reclamación formal ante el ayuntamiento y poner las denuncias pertinentes

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