Muchas gracias por escribirnos.
A continuación respondemos su consulta. No importa que el tiempo de matrimonio sea sólo 3 meses.
Paso 1: Certificado de Residencia Comunitaria:
En relación a su consulta, le informamos que si usted es de nacionalidad de uno de los Estados Miembro de la Unión Europea, primero deberá solicitar el permiso de residencia de Ciudadano Comunitario (Certificado de Ciudadano de la Unión Europea). Se trata de un permiso que le autorizará a residir y trabajar en todo el territorio español.
Este certificado de residencia se tramita en España y tendrá que aportar la siguiente documentación.
- Impreso de solicitud en modelo oficial (EX-18)
- Pasaporte o documento nacional de identidad válido y en vigor. En el supuesto de que esté caducado, deberá aportarse copia de éste y de la solicitud de renovación.
- Medios de vida (cuenta de 6,000€ en caso de no trabajar)
- Seguro privado en España.
Paso 2: Residencia Comunitaria
Para su pareja optar por la Residencia Comunitaria, deberá estar dentro de los siguientes supuestos.
- Su matrimonio deberá estar inscrito en el consulado de origen de su pareja o
- Su matrimonio deberá estar inscrito en el país de origen de su pareja.
- Matrimonio legalizado y apostillado, aunque no esté inscrito.
- Tener “Pareja de Hecho” registrada o no.
Una vez tenga el “Certificado de Residente Comunitario”, su pareja puede acceder a la tarjeta de “Familiar de Residente Comunitario”, pero recuerde que esa tarjeta solo le permitirá residir y trabajar en España, en caso que se muevan a otro estado de la UE, deberán modificarlo.
Requisitos:
- Certificado de pareja comunitaria.
- Empadronamiento
- Seguro privado sin carencias ni copago de ambos.
- Medios de vida. Certificado de banco con estado de cuenta de 6,000€.
- Documento de identidad de los interesados
- Certificado de matrimonio, legalizado, apostillado y traducido. Vigencia de 3 meses.
Esperamos haber podido responder sus dudas. En caso de necesitar ayuda de nuestros abogados expertos, le recomendamos ampliar su consulta en un asesoramiento personalizado.
Quedamos a su disposición.
Estimado Nico, Aunque depende de cuánto tarden en tomar la cita de solicitud de residencia y de muchos otros factores, puede calcular que desde que el ciudadano comunitario obtiene su tarjeta hasta que el ciudadano no comunitario obtiene la suya puede pasar un total de 6 meses. Sin embargo, como le indico, todo depende de la agilidad con que se tomen las citas. Quedamos a su disposición.Saludos cordiales - Tolentino Abogados Extranjería e Inmigración