Pensión no contributiva de invalidez

Mi pareja actual tiene reconocida un grado de minusvalía del 83% debido a una enfermedad rara que contrajo de adolescente que no le ha permitido trabajar. Actualmente está viviendo con sus padres a los que les fue asignada una ayuda por hijo minusválido a cargo con una minusvalía superior al 75%. Actualmente mi pareja y yo estamos pensando en independizarnos con lo que sería incompatible con la ayuda que están recibiendo sus padres por lo que estamos pensando en solicitar la pensión no contributiva de invalidez pero nos han surgido algunas preguntas:

1. Estamos, también, pensando en hacernos pareja de hecho y la duda que tenemos es si como pareja de hecho mis ingresos pueden afectar a la solicitud de la pensión no contributiva. Es decir, ¿una pareja de hecho se considera Unidad Económica de Convivencia?

2. Ahora mismo ella está viviendo con sus padres que únicamente están percibiendo como ingresos la pensión de jubilación de su padre pero en breve, como he dicho, tenemos pensado independizarnos y, por lo tanto, cambiar de residencia (dentro de la misma población, eso sí). ¿Cuál sería la mejor forma de realizar la solicitud? ¿Realizando el cambio de residencia primero y poner en la solicitud una unidad económica de convivencia independiente (en caso que la pareja de hecho no afectara) o su situación actual conviviendo con sus padres? En este último caso, ¿cómo notificaríamos después el cambio de situación? ¿Podría varias la cuantía asignada en la pensión?

3. ¿Cuál es la mejor forma para que no le quiten la pensión que actualmente están percibiendo sus padres hasta que la pensión no contributiva de invalidez esté aceptada (en el caso que la acepten)?

Respuesta
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I. Hola.

Álvaro, en mi caso no puedo guiarte por desconocimiento pero creo que desde la INSS (Seguridad Social), podrán guiaros a fondo, estas son las oficinas en España, sólo es necesario solicitar una cita.

http://www.seg-social.es/Internet_1/Oficinas/index.htm 

El teléfono de información general es 91 568 83 00.

Sobre la primera pregunta, un poco de información.

http://www.citapreviainem.es/parejas-de-hecho-paro-unidad-familiar/ 

http://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/an-l5-2002.html 

Para la segunda pregunta no consigo localizar páginas que hablen sobre ello, pero pienso que lo más apropiado podría ser modificar en primer lugar el empadronamiento una vez hayais llegado

En el caso de la tercera pregunta esto es lo único que he encontrado.

http://www.citapreviainem.es/ayuda-familiar/ 

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