Cómo contabilizar facturas de inversión de una obra sin terminar?
He leído varías respuestas sobre como contabilizar las facturas de arquitecto, estudio geotécnico, etc en la rehabilitación o construcción. Pero no tengo claro aun, puesto que entiendo que hay que llevarlas a la 231 "construcciones en curso" y que no se pueden amortizar. Por tanto, los gastos del arquitecto, estudio geotécnico, licencia de obra, 1ª certificación de obra realizada, etc. A que cuenta van, ¿a una 523 igualmente?
Si ya se fuese amortizar sería x ej.: (D) 211 a (H) 523 con el IVA correspondiente y luego se amortizaría. Pero si se lleva de momento a la 231, cual es la contrapartida, ¿la 523? ¿Una 410? Necesito que me expliquéis los pasos todos. Porque trabajo con A3 y cuando hago un asiento de inmovilizado ya me hace generar las amortizaciones.