¿Los administradores de fincas deben firmar pagares de obras que se realicen en la comunidad?

La primera es: ¿Si entre las atribuciones del administrador está firmar los pagarés con los que la finca se ha comprometido a realizar los pagos a una empresa de restauración de fachadas?, que nos da la facilidad de pago en 12 cuotas sin intereses, pero quiere cobrar mediante pagares. Y la segunda pregunta es: en caso de que los vecinos no abonaran el importe correspondiente de los pagarés, o sea, que no pagaran, ¿el responsable legal ante la denuncia por impago es la finca en su totalidad, es decir, los vecinos o seria la administradora que firma los pagarés?

Y ya de paso, las mismas preguntas pero aplicables a la presidenta, ¿si debe de firmarlos? Y ¿Si respondería ella personalmente en caso de impago por parte de los vecinos?.

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Si aunque depende más del banco y de quien tenga la firma autorizada para firmar cheques y pagares, si tiene que firmar solo el administrador o conjuntamente con el presidente.

Responde la Comunidad entera, ni el presidente ni el administrador

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