Ingresar como fondo subvención fachada y desperfectos

He comprado un piso en el que acaban de reformar la fachada, la vendedora me hizo firmar un papel para que le reembolsaran en dinero de la subvención que da el Estado por reformar la fachada, pero me he enterado que los propietarios acordaron que éste dinero lo dejarían como fondo para los gastos diversos de la comunidad de vecinos ¿me pueden pedir que aporte yo el dinero que le den a la vendedora de la subvención?
A consecuencia de las obras de la fachada me han roto parte de una pared y me han dejado la barandilla del balcón sin anclar en uno de los lados ¿quién se hace responsable de estas reparaciones si los obreros ya se han marchado y aún no se les ha pagado todo el dinero? ¿El seguro de la comunidad, la comunidad...?

3 respuestas

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Por supuesto que te lo pedirán a ti, lo que tenias que haber hecho es no firmarle nada pues ella seguramente ahora no querrá saber nada.
  Respecto al anclaje de la barandilla suelto, tienes que dar parte al administrador, de como te lo han dejado, una vez que cobran, la garantía de 1 año se olvidan.
Todavía no se ha decidido firmemente en la comunidad que se vaya a ingresar todo el dinero en el fondo y dado que yo no sabía que se tenía pensado dejar el dinero en el fondo ¿puedo hacer algo para no tener que asumir yo el gasto? El administrador de la comunidad me ha dicho que no me preocupe que no me pedirán nada ¿se lo pido por escrito?
Por supuesto para que después con los próximos administradores quede claro, por la cosa de que las palabras se las llevan el viento
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No se qué documento habrás firmado, valorar eso es cosa de abogado, yo soy arquitecto.
En cuanto a las obras en la fachada los fallos de remate de obra son responsabilidad del Contratista durante los tres primeros meses y la fachada es propiedad de la Comunidad de Propietarios que es el Promotor de la Obra, por tanto tienes que poner en conocimiento del Administrador o el Presidente el fallo en tu casa para que exija al Contratista que lo repare y que mientras tanto les retenga el dinero.
Att. Jose
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1.- En una compra-venta, se hacen pactos, entre las partes, que se han de cumplir, por tanto, la devolución de ese importe, la debe de considerar como más precio en su compra.
2.- Si hay una acuerdo de la Comunidad en que el importe ha de dejarse como fondo, también ha de cumplir con él.
3.- La responsable de arreglar la fachada es la Comunidad y esta tendrá que exigir a los obreros su buena terminación, o tramitar un siniestro con la Compañía de seguros. Pero quien le responde a ud. es la Comunidad.
Espero haber resuelto sus dudas
Saludos
¿Y si nos negamos una parte de los vecinos a dejar el dinero de la subvención (que yo no he pedido), podemos anular este acuerdo?
El administrador de la finca me ha dicho que no me preocupe que no me exigirán el dinero ¿le pido que me lo de por escrito?
No hay ningún argumento legal que le obligue a hacer un fondo "especial", diferente al fondo de reserva que indica la LPH, sino que más bien es un deposito que, voluntariamente, dejarán los vecinos, para el caso de que exista un gasto futuro, cubrirlo con esos fondos.
No obstante, si el Administrador le da un escrito, en el que diga que ese deposito, no es exigible, pues mejor

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