Depende de las coberturas de tu póliza. Si tienes la garantía "Todo Riesgo Accidental" y la rotura se debe a eso, a un hecho accidental, como que alguien se haya apoyado o caido encima o similar, te cubriría la puerta completa del horno. Si no la tienes, lo normal es que te cubra el cristal, SIEMPRE QUE ÉSTE SE HAYA ROTO. Si no se ha roto no tienes nada que reclamar, y si se ha roto, la compañía es quien debería valorar el coste de ese cristal, enviando un perito. Desglosarlo de una puerta nueva no creo que sea buena opción. Otra cosa es que pidas presupuesto a la casa de lo que cueste ese cristal y le se lo envíes a la aseguradora. Si lo acepta, te indemnizará por el importe de dicho cristal. Pero repito, para ello es necesario que el cristal se haya roto.