Seguros. Cobertura seguro: puerta garaje me da en coche y rompe la luna trasera al cerrarse la puerta de forma inesperada

La puerta de mi garaje se cierra de forma inesperada y cae encima de mi cohe y me da en la luna trasera del coche y la rompe y se me queda atascado el coche que también deforma la puerta.
La compañía de seguros del coche dice que no cubre la puerta porque solo la cubriría si se lo hago a otra persona pero no a mi mismo. Y la compañía de seguros de la casa dice que tampoco lo cubre porque es un accidente y no tiene que cubrirlo. La puerta estaba perfecta y se ve que solo esta doblada donde choco con coche, el coche se ve en foto perfecto solo la luna trasera rota donde cayo la puerta. El arrgelo del oche lo cubrió el seguro del coche pero la puerta del garaje no me lo quiere cubrir ninguna compañía. Como es posible que no lo cubra ninguna compañía. ¿Tienen razón? ¿Puedo recurrir? ¿Si tengo derecho al arreglo de la puerta del garaje y nadie se hace cargo a quien puedo acudir?

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El seguro del coche no tiene que pagar en ningún caso porque parece que lo que falla es la puerta, el vehículo es la parte perjudicada.

El vehículo sufre un daño por culpa de la puerta, que falla, por ese mismo fallo golpea y provoca un daño que se soluciona con dinero, por repasar los principios de la responsabilidad civil. Por lo tanto el propietario de la puerta debe indemnizar al propietario del vehículo. No hay duda, sin embargo, ¿hay seguro que cubra el hecho? NO.
El seguro que tendría que intervenir sería el de la vivienda, pero entre la delimitación de la garantía de responsabilidad civil se encuentra que el daño debe producirse a un tercero, y sin parentesco directo. Por lo tanto no hay cobertura del seguro de hogar para cubrir la el vehículo, porque ambas propiedades lo serán de la misma unidad familiar.
Este siniestro solo se podría resolver completamente con las garantías de daños propios del coche (o cristales como ya han debido hacer), y de todo riesgo accidental del seguro de hogar para puerta del garaje, (si tiene este tipo de seguro a todo riesgo). Pero entiendo que no tiene esta garantía si su agente o corredor de seguros no le ha propuesto esta solución.
Un saludo,

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Por la versión dada, parece ser que la puerta es de uso particular y por lo tanto, su funcionamiento correcto corresponde a su propietario que debe ser Vd.

Al no existir responsabilidad civil, es claro que los daños de la puerta carecen de cobertura.

En esta situación, no corresponde reclamar los daños en la puerta.

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En su version dice inesperadamente le cae la puerta encima, si usted vive en una comunidad de propietarios y fallò la puerta del garage y esta comprobado que es asi, esa puerta es un peligro para los comuneros y si un seguro que no se hace cargo de algo tan peligroso, primero mirar que poliza es para no cubrir la puerta automatica, luego ¿Qué empresa revisa la puerta del garage su mecanismo? Esta claro que segun usted la puerta fallò, pues la comunidad tiene que hablar con la empresa de mantenimiento o el seguro del garage tienen que arreglar la puerta o la empresa.

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Yo creo que está bien, por lo explicado por el resto de compañeros, la propia avería de la puerta no queda cubierta y no existe responsabilidad civil contra usted mismo.

Las averías mecánicas no quedan cubiertas por las pólizas multi-riesgo que cubre, incendio, robo, responsabilidad civil, daños agua, fenómenos atmosféricos, subidas de tensión... No se ha dado ninguna causa de este tipo.

La única cobertura sería "todo riesgo" u "otros riesgos accidentales", pero intuyo que no la debe tener contratada en su póliza, porque si no no se lo habrían exlcuido

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El rehúse es correcto. Solo le vería cobertura si tuviese la garantía de Todo Riesgo en la Vivienda, pero no es algo muy habitual.

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