Vender inmuebles de una SL para después deshacer la sociedad

Dos socios tienen dos sociedades.

El socio A tiene el 75% de la sociedad 1 y el 66,66% de la sociedad 2.

El socio B tiene el 25% de la sociedad 1 y el 33,33€ de la sociedad 2.

La primera de ellas la ha llevado el socio 1 y con el dinero que se ha generado se han comprado un inmueble.

La segunda sociedad la ha llevado el socio 2 y con el dinero que se ha generado se ha comprado un inmueble.

Ahora el socio mayoritario quiere poder separar sus bienes. El problema radica en que no le parece justo que un inmueble sea para un socio y el otro inmueble sea para el otro socio, como propone el socio 2. Y como el socio 2 no tiene dinero para darle al socio 1 el socio mayoritaio piensa que lo mejor es venderlo todo a otra sociedad y entonces del dinero que resulte de la venta darle a cada socio su porcentaje

Si el consejo de administración formado por el socio 1 y sus hijos deciden vender, ¿se puede hacer ese planteamiento que propongo?

Respuesta

¿Cuál es el planteamiento que propones?

Sólo he entendido lo que propone el socio mayoritario. De la manera que sea, el poder efectivo de ambas empresas las tiene el socio A.

Ya me dices

Gracias por responder Aurora

Mi planteamiento es que como socio A y socio mayoritario de ambas empresas quiero separar lo que creo que me corresponde del socio B.Soy mayor y quiero empezar a separar lo que es mio para luego dejárselo a mis hijos. Ahora bien, no estoy dispuesto a quedarme con el inmueble de la sociedad A y que el socio B se quede con el inmueble de la sociedad B, como el socio B pretende.

Como no avanzamos en la negociación, ¿qué solución me propones para tener a mi nombre o a nombre de otra empresa que tengo mis bienes?

¿Podría vender los inmuebles de ambas sociedades a otra sociedad que está a mi nombre, depositar el dinero de la venta en las cuentas de las sociedades 1 y 2 y luego coger mi parte y que el socio B coja su parte?

Espero haberme explicado bien

Gracias por tu tiempo

Es este caso no existe negociación, ni tiene porque haberla. Como socio mayoritario el poder de decisión es suyo. Deberás convocar una junta extraordinaria y que conste en acta, si usted no es administrador el primer punto del día es el de cese y nuevo nombramiento del mismo, y el resto lo que usted quiera hacer con las empresas. Le recomiendo que si tiene " problemas" con el otro socio contrate a un abogado mercantil que sea el que convoque la Junta y gestione todo el tema.

Suerte.

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