Certificado de instalación eléctrica o boletín para cambiar de compañía eléctrica

Me gustaría cambiarme de suministradora de electricidad porque he encontrado una tarifa más barata y estoy harto de los oligopolios de la energía. Pero tengo una duda, mi instalación es vieja, solo tiene dos PIAs alumbrado y fuerza, cuando compre la vivienda hace 10 años solo cambie el titular y la instalación supongo que seria legal entonces. Pero no me queda claro si al cambiarme de una suministradora grande a otra pequeña por tocarme las narices me puedan exigir el certificado de instalación eléctrica (boletín) y si me lo piden tendré que modificar toda la instalación interior, que es bastante dinero. ¿Me lo pueden pedir? ¿O solo lo piden se quiero aumentar la potencia? También estoy pensando en pasarme a la tarifa con discriminación horaria sin variar la potencia contratada ¿Me lo pueden pedir entonces?

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Mis dos compañeros han acertado de pleno. Solo por incidir en como esta tu instalación actualmente: si tienes unicamente dos térmicos deberías de preocuparte antes de nada de la seguridad de tu instalación y de tu propia seguridad: necesitas diferencial, necesitas IGA, necesitas saber si están bien las secciones de cables y térmicos que tienes actualmente, etc. Luego ya intentaras cambiar de compañía y, si la nueva es mejpr que en la que estas, deberían de decirte claramente que requisitos te van a exigir antes de cambiarte. Si tienes dudas, pasate ahora, con la compañía vieja, a tarifa con discriminación horaria y así ya lo tendrás hecho cuando te cambies a la nueva compañía, pues esa configuración se hace en el contador digital de telegestion.

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Los Certificados (boletines) tienen una validez de 20 años.

Además, si no solicitas aumento de potencia no tienen que pedírtelo.

El problema que te puedes encontrar es que tu actual contrato esté a potencia normalizada antigua (por ejemplo, para 20A, 4.400 W) y al hacer el nuevo contrato (con otra suministradora) te pongan la potencia normalizada actual (ahora, para esos 20A, son 4.600 W). Ya sabes, cosas de los oligopolios!

Muchas gracias por la respuesta, mi potencia contratada es de 3.3KW, es un piso pequeño de 60 metros y no necesito más potencia.¿Esta potencia es normalizada actualmente? ¿Si me cambio me subirán la potencia a una normalizada?  Creo que ha habido algún malentendido ya que me he debido expresar mal, mi instalación tiene IGA y Diferencial, lo que no cumplo la normativa es que solo tengo dos circuitos (PIAS), en lugar de los 5 que creo que actualmente pide la normativa.

Esa potencia es la de la norma antigua (15 A a 220V = 3.300). La nueva potencia normalizada es de 3.450W (15A a 230V) por lo que, seguramente, si cambias de comercializadora o del tipo de tarifa (normal a discriminacion horaria) te pedirán un Certificado (si el tuyo tiene más de 20 años).

Pero un nuevo Certificado NO implica necesariamente una nueva instalación. Eso tendrá que valorártelo un Instalador Autorizado con una visita.

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Por lo que dices, interpreto que tu crees que te puedes saltar las Normas a lo torero.. y lamento informarte que "no es asi".

Lo normal seria que te pidan un Proyecto hecho por un Ingeniero Electricista, Certificando la instalacion por un Electricista Autorizado.

Tal como dices que tienes tu instalacion electrica, ni siquiera te deberian haber dado el servicio. Tienes que estar agradecido de que "un alma caritativa" no te haya dejado sin luz.

Haz las cosas como corresponde "antes que nada".. y despues, Exige; que te corresponderá.

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