¿Tengo derecho a días de licencia retribiuda por inscripción de pareja de hecho?
Mi pareja y yo nos hemos inscribido el el registro de parejas de hecho. Somos del País vasco y tenemos convenios de metal de Guipúzcoa y convenio de oficina aseguradora. En este caso, ¿tenemos derecho a disfrutar como en caso de matrimonio de 18 días naturales por la inscripción? En caso afirmativo, ¿cuándo podríamos disfrutarlos?